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Parana » APF
Fecha: 17/06/2025 10:30
La jueza de Paz subrogante de Cerrito, María Fernanda Schoenfeld, rechazó la demanda de amparo colectivo interpuesta por comerciantes y vecinos autoconvocados contra el Concejo Deliberante de esa ciudad. De este modo, los ediles quedaron liberados para tratar la derogación de una ordenanza de 2017 que regula la radicación de comercios de grandes superficies. martes 17 de junio de 2025 | 9:54hs. El objeto de la acción vecinal era que se suspenda de forma inmediata el tratamiento legislativo que pretende derogar la Ordenanza Municipal 952/2017 en lo referido al régimen de habilitación de grandes superficies comerciales. La magistrada recordó que “la razón de ser del amparo no es la de someter a la supervisión judicial el desempeño de los órganos administrativos ni el control del acierto o error con que aquellos cumplen las funciones que la ley les encomienda, sino la de proveer un remedio contra la arbitrariedad de sus actos”. La jueza consideró que este no es el caso de una arbitrariedad, ya que el Concejo Deliberante permitió que vecinos “ejerzan su derecho a ser oídos” y los ha involucrado en el tratamiento del tema en tensión. Schoenfeld no encontró “ilegitimidad y/o arbitrariedad de manera manifiesta” en el accionar de los legisladores. La jueza entendió que la situación excede la excepcional vía del amparo pero que existe la posibilidad de medidas cautelares, con mayor posibilidad de debate, prueba y conocimiento. La controversia surgió de un proyecto de ordenanza que el bloque oficialista Unión Vecinal Cerrito presentó el 30 de mayo de para derogar la ordenanza 952 de 2017, publicó El Once. Esta normativa dispone, dentro de un nuevo régimen general para habilitar comercios, que los locales de más de 200 metros cuadrados y hasta 500 mts2 conllevan realización de una pre factibilidad de emplazamiento con un análisis del “impacto socioeconómico, ambiental y urbanístico”, para lo cual se tendrán en cuenta diversas circunstancias: – Ubicación y superficie del emprendimiento – Viabilidad de cumplimiento de la normativa vigente – Composición y especialidad de los rubros a instalar – Si su implantación está concebida para promover un equilibrio funcional entre la periferia y los comercios existentes – La influencia sobre los niveles de precios y de prestación de servicios al consumidor de la zona – Su contribución a la expansión del nivel de empleo en la ciudad – La accesibilidad del establecimiento, sin que esos deriven cargas específicas para la comunidad, así como la incidencia en el tráfico de la zona donde se emplace. (APFDigital)
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