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» La Capital
Fecha: 13/06/2025 20:50
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la venta y la comercialización de una marca de aceite de oliva y de salsa de tomates , debido a que los productos presentaban irregularidades en su fabricación y etiquetado. A través de las disposiciones 3798/2025 y 3798/2025 , publicadas en el Boletín Oficial, se determinó que ambos alimentos pueden ser un riesgo para la salud de los ciudadanos. Se determinó la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de los dos productos. Esta acción busca cuidar la salud pública, garantizando que los consumidores no se expongan a productos ilegales. La Anmat dispuso la suspensión de producción y comercialización del aceite de oliva "Palestina Oliva". Rotulado como: “Aceite de oliva y extra virgen marca Rioja Oliva, Elaborado y Envasado por J. Fernández S.A, Nonogasta/ La Rioja, RNPA: 12007380 - RNE: 12004618”. La investigación se inició a través de una denuncia por irregularidades que puso en cuestión su veracidad. El Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL y la Dirección de Fiscalización, Control y Tecnología Agroindustrial de la provincia de Mendoza se encargaron de intervenir en el procedimiento. Finalmente, se determinó que el número de RNE que figuraba en su envase correspondía a otro fabricante y su RNPA era inexistente. De esta forma, el aceite es considerado ilegal ya que no tiene los debidos registros sanitarios de establecimiento y producto exigidos por la Administración Nacional. image.png ¿Cuál es la marca de salsa de tomate prohibida por Anmat? Según el Boletín Oficial, fue prohibida la salsa de tomate de la marca “Profecia”. Especificamente rotulada como: “Salsa de tomate libre de gluten, marca Profecía, Cont. Neto 950 gr, elaborado y envasado por JARAMA S.R.L., RNE N° 18000790, RNPA N° 18005316, Av. Libertador Gral. San Martin 2337 (Este) Santa Lucía, San Juan, Argentina”- A partir de la disposición 3801/2025, el organismo detalló que la investigación fue iniciada a partir de la denuncia de JARAMA S.R.L, una empresa que detectó que en un comercio de Luján de Cuyo, Mendoza, se ofrecía un producto cuya marca y registros coincidían con los de su tomate triturado, pero que ellos nunca elaboraron ni comercializaron. De esta forma, la División de Alimentos del Ministerio de Salud de la provincia de San Juan verificó la situación y concluyó que se trataba de un alimento ilegal y falsificado al no poseer sus propios registros sanitarios y hacer uso indebido de los datos de otros productos. “Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido,elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, nicomercializado ni expendido en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9°, inciso II de la Ley N° 18284”, detalló el Boletín Oficial. image.png >>Leer más: Anmat prohibió un tradicional postre: cuál es y los motivos de la decisión
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