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» Diario Opinion
Fecha: 13/06/2025 10:58
La jueza Penal de turno, Laura Karina Paz, rechazó de plano el pedido de habeas corpus que presentó la diputada Gabriela Neme para que la Justicia investigue y determine dónde se encuentra y el actual estado de salud de la jueza de Paz de General Belgrano, Romelia Sánchez, quien días atrás debió ser internada tras sufrir un brote psicótico, razón por la cual el Superior Tribunal de Justicia decidió darle licencia médica por enfermedad de largo tratamiento. En su pedido, la legisladora expresó su preocupación por el presunto desconocimiento del paradero y estado de salud de la mencionada magistrada, señalando que habría sido trasladada por personal policial y judicial, sin información pública posterior sobre su situación. Fundó su planteo en versiones periodísticas y publicaciones en redes sociales, requiriendo se informe el estado actual de la abogada Sánchez y las circunstancias que rodearon su supuesto traslado. En respuesta, la jueza Paz manifestó que dicha presentación resulta "formal y sustancialmente inadmisible", toda vez que del escrito inicial no surge la existencia de ningún acto estatal actual, concreto, arbitrario o ilegítimo que implique una restricción a la libertad ambulatoria o a los derechos constitucionales de la doctora Romelia Sánchez. En su resolución, la magistrada menciona que la propia Neme reconoce que la funcionaria judicial fue quien se presentó en sede policial solicitando auxilio por razones de salud, y que las autoridades actuaron conforme protocolos judiciales y sanitarios, con la participación de personal médico y del entorno familiar de la magistrada. "No se acredita, ni siquiera en forma indiciaria, que la Dra. Sánchez se encuentre privada de su libertad, detenida, retenida contra su voluntad, ni en situación de desaparición forzada. La incertidumbre invocada por la presentante no se traduce en una sospecha razonable de ilegitimidad, sino en la ausencia de información pública posterior a un episodio médico comunicado oficialmente", sostiene la jueza de Paz en la resolución emitida ayer en horas de la mañana. Señala, además, que la magistrada se encuentra bajo licencia médica concedida mediante acto administrativo válido, sin que se advierta cuestionamiento por parte de la propia interesada, única legitimada para impugnarlo en sede correspondiente, y recuerda que el otorgamiento de licencia médica por parte del Superior Tribunal, tanto para empleados como para magistrados y funcionarios, implica un riguroso control de los extremos que acreditan y justifican su procedencia. En la parte medular de su decisión, la jueza de turno indica que lo central y más relevante tiene que ver con la privacidad de la doctora Romelía Sánchez, expresando en tal sentido que el lugar de internación, tratamiento médico o modalidad de asistencia de una persona adulta con discernimiento es una decisión de naturaleza privada, en la que no corresponde intervención judicial alguna, "salvo que existan indicios ciertos de ilegitimidad en la voluntad manifestada o peligro para terceros, circunstancias que no se verifican en el caso".
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