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  • ANMAT prohibió una salsa de tomate y un aceite de oliva: los motivos

    Parana » Entremediosweb

    Fecha: 13/06/2025 09:35

    La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este viernes la comercialización de una salsa de tomate, un aceite de oliva y productos médicos tras detectar irregularidades que afectan la legalidad y seguridad de dichos productos. Las medidas fueron publicadas a través de distintas disposiciones y comunicadas a las autoridades sanitarias de todo el país. En cuanto a la salsa de tomate, se trata del producto “libre de gluten, marca Profecía”. Este llevaba en su rótulo los registros sanitarios correspondientes a JARAMA S.R.L., pero fue esa misma empresa la que lanzó el alerta tras detectar que, en un comercio de Luján de Cuyo, Mendoza, se ofrecía un producto que utilizaba su marca y registros, sin haber sido elaborado ni distribuido por ellos. La situación fue confirmada por la División de Alimentos del Ministerio de Salud de la provincia de San Juan, que comprobó que el tomate triturado era un alimento apócrifo. “Carece de registros sanitarios propios y hace uso indebido de los ya inscriptos para otro producto”, concluyeron las autoridades. Ante esta evidencia, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomendó su prohibición inmediata en todos los canales de venta, tanto físicos como digitales. A través de la Disposición 3801/2025, se determinó que la imposibilidad de garantizar la trazabilidad, controles e inocuidad del producto impide asegurar que se trata de un alimento apto para el consumo humano. Aceite de oliva prohibido Por otro lado, la ANMAT emitió la Disposición 3798/2025 para prohibir el aceite de oliva y extra virgen marca Rioja Oliva, luego de que se detectaran registros sanitarios falsos en su rotulado. El operativo se originó a raíz de la denuncia de un consumidor ante el INAL, quien dudó de la autenticidad del aceite comercializado con la leyenda: “elaborado y envasado por J. Fernández S.A.”, en la localidad riojana de Nonogasta. Las sospechas fueron luego confirmadas por los departamentos bromatológicos de San Luis y Córdoba, quienes contactaron a las autoridades de La Rioja para verificar la documentación. La investigación determinó que los registros eran inválidos, y que el producto se encontraba en infracción a los requisitos establecidos por la legislación vigente. Por eso, se ordenó su retiro inmediato del mercado y se informó la medida a todas las jurisdicciones sanitarias del país. Productos médicos En el caso de los productos médicos, la ANMAT dictó la Disposición 3991/2025 tras una inspección realizada en la localidad de Comodoro Rivadavia, Chubut, dentro del establecimiento Ortopedia y Cirugía Díaz Vélez, perteneciente a la firma FINKAL SRL. La firma está habilitada como droguería y distribuidora, pero en la revisión se hallaron productos médicos sin origen comprobable ni registro sanitario. En detalle, se detectaron dos unidades del producto SUTURE ANCHOR, BIOCOMPOSITE, suture Tak, with#2, FiberWire and#2 TigerWire, y una unidad del tornillo Bio Interference Screw, ambos de la empresa ARTHREX, sin respaldo documental ni importador responsable. Además de la falta de documentación, se observaron diferencias notables en el embalaje, como envases transparentes en lugar de los opacos exigidos, y etiquetas mal colocadas, lo que confirmó la presunción de falsificación. Por estas razones, ANMAT ordenó el retiro inmediato del mercado de los productos médicos apócrifos y alertó sobre los riesgos que representa su uso en entornos clínicos y quirúrgicos. La autoridad sanitaria recordó a la población y a los comercios que verificar el origen y los registros de los productos es clave para evitar situaciones que puedan afectar la salud pública.

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