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Parana » NSA
Fecha: 12/06/2025 12:54
Los cambios en la Ley de Tránsito que complican la validez de la licencia de conducir para algunos automovilistas El lunes 19 de mayo entró en vigencia (de manera figurada) el formato electrónico del registro para manejar en 19 provincias y la Ciudad de Buenos Aires. Los cambios en la Ley de Tránsito que complican la licencia de conducir. A partir del lunes 19 de mayo, entró en vigencia la licencia de conducir digital, un formato de registro no profesional que tiene validez en 19 provincias y la Ciudad de Buenos Aires. El Gobierno Nacional introdujo hace dos meses una serie de modificaciones clave en la Ley Nacional de Tránsito 24.499 con el objetivo de actualizar y agilizar los procedimientos relacionados con las licencias de conducir: ahora no será necesario hacer en persona trámites como la renovación o ampliación del registro. El decreto 196/2025 introdujo nuevas reglas que afectan tanto a conductores particulares como profesionales, con ajustes sobre la validez del carnet, el control psicofísico y la posibilidad de suspensión o pérdida de la licencia de conducir. Los cambios en la validez y renovación Una de las principales novedades es que las licencias digitales y físicas ahora tienen la misma validez legal. Además, el carnet ya no tiene fecha de vencimiento, aunque sí debe renovarse el apto psicofísico según la edad del conductor. Plazos de renovación del apto psicofísico Licencias particulares (clases A, B, G): De 16 a 39 años: cada 10 años De 40 a 49 años: cada 6 años De 50 a 69 años: cada 4 años Desde los 70 años: cada 2 años Licencias profesionales (clases C, D, E): De 21 a 45 años: cada 5 años De 46 a 59 años: cada 4 años De 60 a 69 años: cada 3 años Desde los 70 años: cada 2 años Las personas que podrían perder la licencia El nuevo decreto establece que los conductores que cometan faltas graves durante los primeros dos años de haber obtenido su carnet pueden sufrir la suspensión de la licencia. Además, se exige rendir nuevamente el examen teórico-práctico si el conductor es considerado inepto para manejar. Motivos para la suspensión o retención del carnet: Licencia vencida o con datos no actualizados Adulteración del carnet o falsificación No superar el examen psicofísico Disminución evidente de las condiciones para conducir Conducir bajo los efectos del alcohol, drogas u otras sustancias Participar en un accidente y fugarse Estar inhabilitado o suspendido para manejar Reglas estrictas para principiantes Uno de los puntos más relevantes es el endurecimiento de las sanciones para conductores novatos. Durante los primeros dos años de obtener el registro, cometer una infracción grave puede llevar directamente a la pérdida del carnet. Esto busca fomentar una mayor responsabilidad en quienes recién comienzan a conducir. Las sanciones por infracciones graves La normativa también refuerza las penas para conductores profesionales. Ya no se requiere la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI); con una licencia profesional C, D o E se puede circular por todo el país. Sin embargo, las infracciones graves tienen consecuencias severas. Entre las faltas graves se incluyen: Manejar bajo efectos de alcohol o drogas Exceso de velocidad No respetar semáforos o señales Usar el celular al volante No usar cinturón de seguridad o casco Qué pasa con los vehículos y otras sanciones También se podrá retener un vehículo si no cumple con las condiciones de seguridad reglamentarias o si es manejado por alguien no habilitado para ese tipo de vehículo. Además, el artículo 83 de la ley establece una lista de sanciones efectivas, sin posibilidad de ser condicionales: Arresto Inhabilitación para conducir Multas económicas Cursos obligatorios de seguridad vial Decomiso de elementos prohibidos.
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