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Santa Elena » Ladepartamental
Fecha: 12/06/2025 12:21
En el marco de las medidas implementadas por el Gobierno nacional tendientes a facilitar el ingreso de los tributos y optimizar la cancelación de las obligaciones a cargo de los contribuyentes, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) lanza un nuevo plan especial de facilidades de pago que estará destinado a regularizar obligaciones fiscales […] En el marco de las medidas implementadas por el Gobierno nacional tendientes a facilitar el ingreso de los tributos y optimizar la cancelación de las obligaciones a cargo de los contribuyentes, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) lanza un nuevo plan especial de facilidades de pago que estará destinado a regularizar obligaciones fiscales y de seguridad social vencidas hasta el 30 de abril de 2025, inclusive. Se podrá realizar la adhesión desde el próximo 1 de julio de 2025. La medida fue oficializada a través de la Resolución General 5711/25, publicada en el Boletín Oficial. Podrán adherirse las personas humanas, sucesiones indivisas, micro, pequeñas y medianas empresas (tramos 1 y 2), entidades sin fines de lucro, empresas del sector salud, y el resto de contribuyentes. Tipo de obligaciones incluidas Se podrán regularizar deudas impositivas y de la seguridad social, de monotributo, retenciones y percepciones impositivas y obligaciones aduaneras por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses, conforme a lo previsto en el Código Aduanero -Ley N° 22.415 y sus modificaciones-. Es importante señalar que la regularización no implica la reducción de intereses, así como tampoco la liberación de las pertinentes sanciones. ¿Cuáles son las condiciones de los nuevos planes de pago? No habrá limitaciones en la cantidad de planes a presentar. La fecha de consolidación será la fecha de adhesión. Pagos a cuenta, cuotas y tasa de financiación: El régimen de facilidades de pago contempla distintas condiciones según el tipo de contribuyente. Para personas humanas, sucesiones indivisas, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y el sector salud, se exige un pago a cuenta del 10% del total adeudado, con la posibilidad de financiar el saldo restante en hasta 60 cuotas. La tasa de financiación en estos casos será del 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente según la normativa del Ministerio de Economía (MECON) al momento de la implementación del régimen. En el caso de medianas empresas (tramos 1 y 2), excepto personas humanas y sucesiones indivisas, el pago a cuenta requerido es del 15%, y el plan podrá extenderse hasta 48 cuotas, con la misma tasa de financiación mencionada anteriormente. Finalmente, para el resto de los contribuyentes, se establece un pago a cuenta del 20%, con un máximo de 36 cuotas para cancelar el saldo adeudado, aplicando también el 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente. Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, con un monto mínimo de $2.000 por cuota, mientras que la caducidad del plan se determinará a los 60 días corridos de constatada la falta de pago de 2 cuotas seguidas o alternativas. Esta iniciativa refuerza el compromiso de ARCA para facilitar el cumplimiento tributario y promover la regularización voluntaria, contribuyendo al fortalecimiento de las finanzas públicas y al desarrollo económico sostenible.
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