Contacto

×
  • +54 343 4178845

  • bcuadra@examedia.com.ar

  • Entre Ríos, Argentina

  • Rechazaron el pedido de Boudou para volver a cobrar su jubilación de privilegio

    » Comercio y Justicia

    Fecha: 11/06/2025 20:19

    La Justicia Federal rechazó la medida cautelar que el ex vice presidente Amado Boudou pidió para que se suspendieran las resoluciones de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) que le retiraron su asignación mensual vitalicia y ordenaron la recuperación de los fondos que ya había cobrado. Según Boudou, la ANSES procedió sin fundamento y calificó a la acción como ilegítima e inconstitucional. También sostuvo que la asignación tiene carácter alimentario y recordó que ya cumplió condena por el caso Ciccone, por cohecho pasivo y negociaciones incompatibles con la función pública. El organismo previsional fundamentó su decisión en el artículo 29 de la Ley 24.018, que regula las pensiones vitalicias. Al responderle al reclamante, recordó que la finalidad de la asignación, considerada un “privilegio”, es jurídicamente incompatible para quien cometió un delito en el ejercicio de la función pública y en perjuicio del Estado Nacional. Precisó que la jubilación de privilegio se otorga como contraprestación al “honor, mérito y buen desempeño en el cargo” y que puede ser denegada o revocada si las condiciones jurídicas que le dieron sustento legal desaparecen. La fiscal federal de la Seguridad Social Mariana Grinberg consideró que el pedido es procesalmente inadmisible y detalló que para suspender actos de un organismo estatal se deben cumplir los requisitos de la Ley 26.854 sobre medidas cautelares contra el Estado nacional, que incluyen demostrar que la medida evitará daños graves, que la suspensión no afecta el interés público y que no genera situaciones irreversibles. La jueza federal de la Seguridad Social Ana María Rojas explicó que la determinación de la verosimilitud del derecho implicaría realizar un análisis de normas y aspectos fácticos que exceden el marco acotado de una cautelar. Destacó que un análisis exhaustivo sería un adelanto de jurisdicción sobre la cuestión de fondo y que las numerosas resoluciones y dictámenes emitidos por la ANSES y otros organismos desde que Boudou dejó de ser vice presidente son argumentos suficientes para sostener que la certeza del derecho no se configura en el caso. Sobre el peligro en la demora alegado por Boudou, quien citó el carácter alimentario de la prestación y la falta de ingresos, la jueza encontró contradicciones, con su inscripción como trabajador autónomo desde 2016 y como monotributista actualmente.

    Ver noticia original

    También te puede interesar

  • Examedia © 2024

    Desarrollado por