12/06/2025 12:33
12/06/2025 12:33
12/06/2025 12:33
12/06/2025 12:32
12/06/2025 12:32
12/06/2025 12:32
12/06/2025 12:32
12/06/2025 12:32
12/06/2025 12:32
12/06/2025 12:32
» Amanecer
Fecha: 11/06/2025 02:11
La decisión implica una inhabilitación de por vida para ejercer cargos públicos y marca un hito en la historia judicial y política del país. En un fallo de altísimo impacto institucional, la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos contra la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner, en el marco de la causa Vialidad, por corrupción en la obra pública durante su mandato. Se trata de la primera condena de cumplimiento efectivo contra la dos veces jefa de Estado, y la convierte en la segunda ex presidenta en ir a prisión en democracia, luego de Carlos Menem. El máximo tribunal rechazó por unanimidad —con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti— las apelaciones presentadas por la defensa de Kirchner, los otros ocho condenados y el fiscal Mario Villar. La Corte utilizó la figura del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial, aunque acompañada de fundamentos debido a la trascendencia institucional del caso. Con esta decisión, quedó firme la sentencia dictada en noviembre de 2023 por la Sala IV de la Cámara de Casación Penal, que había confirmado lo resuelto por el Tribunal Oral Federal N.º 2: Cristina Fernández fue hallada culpable del delito de administración fraudulenta agravada en perjuicio de la administración pública. Además de la pena de prisión, el fallo incluye el decomiso de más de 84.000 millones de pesos. La causa Vialidad investigó la adjudicación direccionada de 51 contratos de obra pública en Santa Cruz, entre 2003 y 2015, a favor del empresario Lázaro Báez, estrechamente vinculado a la familia Kirchner. Las pruebas acreditaron una maniobra sistemática de corrupción estatal, en la que se omitieron controles, se direccionaron licitaciones y se garantizó un flujo de fondos ininterrumpido a pesar de las reiteradas irregularidades. En sus fundamentos, la Corte sostuvo que la condena se basó en una profusa prueba documentada, valorada conforme a las reglas de la sana crítica, y que no se vulneraron garantías constitucionales durante el proceso. Según los jueces, “la recurrente ha obtenido una sentencia fundada en ley”, y las sanciones impuestas “tutelan nuestro sistema republicano y democrático”. El máximo tribunal también desestimó los planteos de parcialidad y arbitrariedad presentados por la defensa. Consideró que las objeciones carecían de fundamentos concretos y se limitaban a repetir argumentos ya descartados en instancias anteriores. Asimismo, se destacó la intervención directa de Cristina Kirchner en actos administrativos clave, como el Decreto PEN 54/2009, que permitió redirigir discrecionalmente fondos del fideicomiso del gasoil a obras adjudicadas a Báez. La sentencia también hizo foco en los vínculos personales y comerciales entre la ex mandataria y el empresario patagónico, incluyendo contratos hoteleros y negocios inmobiliarios, que según la Justicia evidenciaron connivencia y un ánimo de lucro ilícito. Ahora, el Tribunal Oral Federal N.º 2 deberá definir las condiciones de cumplimiento de la pena. Dado que Kirchner tiene más de 70 años, se presume que podría obtener el beneficio del arresto domiciliario. En cualquier caso, la ex presidenta ya no podrá competir en las próximas elecciones legislativas, en las que proyectaba disputar una banca provincial. Este fallo marca un antes y un después en la historia reciente de la política argentina, y coloca a Cristina Kirchner en una posición inédita para una figura de su magnitud, al quedar inhabilitada de por vida y a las puertas de cumplir una condena de prisión efectiva. Mientras otras causas judiciales —como los casos Hotesur, Los Sauces y Cuadernos— avanzan hacia su etapa oral, el caso Vialidad ya ha dejado una huella imborrable en el escenario político y judicial del país.
Ver noticia original