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Gualeguaychu » RNLRA-42
Fecha: 10/06/2025 17:30
Por unanimidad, la Corte Suprema de Justicia dejó firme este martes la condena a seis años y medio de prisión más la inhabilitación para ejercer cargos públicos contra la dos veces presidenta y ex vicepresidenta Cristina Kirchner, acusada de corrupción en la causa conocida como Vialidad por irregularidades en la obra pública durante su gestión. Con la firma de los tres jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal de justicia del país rechazó una queja presentada por la defensa de la funcionaria y confirmó de ese modo la sentencia dictada por la Cámara de Casación en noviembre de 2024. La resolución implica que la ex mandataria quedará sujeta a prisión domiciliaria debido a que tiene 72 años y ese beneficio es contemplado para los mayores de 70 años aunque en primer término debe ser notificada por la Justicia. La ex presidenta se encontraba en la sede del Partido Justicialista, en la calle Matheu 130, de la Capital Federal, en el momento en que se difundió el fallo, adonde ella misma convocó a la militancia kirchnerista para que la acompañe en lo que define como una persecución en su contra y una proscripción a su candidatura. Las inmediaciones de la sede del PJ se encontraban cortadas al tránsito mientras arribaban al lugar dirigentes de ese espacio político como Sergio Massa, Juan Grabois, Axel Kicillof y senadores nacionales como José Mayans y Juliana Di Tulio. Los imputados en la causa Vialidad, nueve en total, incluida la expresidenta, deberán asistir en las próximas horas a la sede de los tribunales de Comodoro Py para notificarse sobre la resolución. La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, fue una de las pocas voces del Gobierno en expresarse sobre la cuestión en las últimas horas al sostener que la ex funcionaria buscaba victimizarse y que adelantó su candidatura a diputada provincial para generar tensión política ante la proximidad del fallo. En sus últimas palabras antes de conocerse el fallo, la ex vicepresidenta reunió ayer a sus seguidores en la sede del PJ desde donde dijo que ir presa es un "certificado de dignidad" y se autodenominó como "una fusilada que vive" en alusión al intento de asesinato en su contra ocurrido en 2022 y haciendo un paralelismo con el caso de los fusilados en un basural de José León Suárez en 1955 en lo que se conoció como la resistencia peronista ante el derrocamiento de Juan Domingo Perón. El juicio en la causa Vialidad comenzó el 21 de mayo de 2019 y estuvo seis meses interrumpido por la pandemia de coronavirus. La causa penal se abrió en 2016 por denuncia del entonces presidente de Vialidad Nacional, Javier Iguacel, durante el gobierno de Mauricio Macri. En el expediente N.º 2833, denominado "Fernández de Kirchner, Cristina Elizabet y otros s/defraudación a la administración pública – Recurso Extraordinario Federal", la Corte rechazó el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa de Cristina Elizabet Fernández de Kirchner. En el texto al que tuvo acceso Radio Nacional, los jueces sostienen que confirman "la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.º 2, en cuanto condena a la nombrada a seis (6) años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, como coautora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta agravada en perjuicio de la administración pública (arts. 174 inc. 5° y 45 del Código Penal)". En sus considerandos, los magistrados señalaron que "el recurso ha sido admitido por la vía del artículo 14 de la Ley 48, al haberse planteado cuestión federal suficiente, en tanto se invocó la violación de garantías constitucionales tales como el debido proceso, la defensa en juicio y el principio de legalidad". Agregaron que "analizadas las actuaciones, esta Corte considera que no se ha acreditado la existencia de arbitrariedad en el razonamiento del tribunal de mérito, ni se ha configurado lesión constitucional manifiesta que amerite la intervención correctiva de esta instancia excepcional". También dijeron que la sentencia condenatoria "se encuentra fundada en elementos probatorios suficientes, ponderados conforme las reglas de la sana crítica racional, y que los jueces del Tribunal Oral respetaron los principios del proceso penal acusatorio, sin incurrir en exceso jurisdiccional ni apartamiento palmario de la ley". Y concluyeron que "el derecho a ser juzgado por un tribunal imparcial no se ha visto conculcado por la participación de jueces cuya intervención fue oportunamente consentida y no objetada en tiempo y forma".
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