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  • Jueza de Faltas asume en la Dependencia Jurídica Provincial de Apelación en Última Instancia de Infracciones de Tránsito

    » Comercio y Justicia

    Fecha: 09/06/2025 22:31

    La designación recae en la abogada Gretel Kyshakevych. La medida surge ante la necesidad de cubrir el puesto vacante de esa dependencia jurídica provincial, crucial para el juzgamiento de las infracciones a la Ley Provincial de Tránsito N° 8560 Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito Resolución N° 30 Córdoba, 5 de junio de 2025. Y VISTO: Que, la Dependencia Jurídica Provincial de Apelación en Última Instancia de Infracciones de Tránsito, con asiento en la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, con competencia en todo el territorio provincial, creada por Resolución 76/2012 de la DGPAT se encuentra actualmente sin titular a cargo de la misma, surgiendo en consecuencia la necesidad de designar un Juez de Faltas para el Juzgamiento en última instancia de las Actas de Infracción a la ley 8560 (T.O. 2004). Y CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispuesto por el Artículo 5° de la ley 8560 (TO 2004) y su Decreto 318/07, esta Autoridad de Aplicación es la encargada de habilitar Juzgados y capacitar, evaluar, registrar y asignar funciones a los Jueces que se desempeñen como Autoridad a cargo del Juzgamiento y Aplicación de Sanciones. Que, la Abogada Gretel Kyshakevych, Matrícula de Juez de Faltas N° J-31366909, conforme Acta N° 230525 labrada por el Dpto. de Relaciones Institucionales y Capacitación de la DGPAT, cumple con los requisitos personales y de idoneidad para desempeñar dicha función, corresponde designar a la referida letrada para desempeñar funciones como autoridad de Juzgamiento y Aplicación de Sanciones a cargo de la Dependencia Jurídica Provincial de Apelaciones en Última Instancia de Infracciones de Tránsito, a fin de que proceda al tratamiento, análisis, dictado de instrumentos legales y resolución de las Actas de Constatación de Infracciones a la Ley Provincial de Transito N° 8560 (T.O. 2004), sus modificatorias, concordantes y Decreto Reglamentario N° 318/07, labradas por personal de la Dirección General de la Policía Caminera. Que, en virtud de ello, corresponde a esta Dirección Gral., en calidad de Autoridad de Aplicación de la Ley 8560 (T.O. 2004) dictar el instrumento legal que habilite a la mencionada profesional para la función supra indicada. Por ello y en ejercicio de sus atribuciones: EL DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO RESUELVE: Artículo 1°.- HABILITAR a la Abogada Gretel Kyshakevych, DNI: 31.366.909, Matrícula J-31366909, para desempeñar funciones como autoridad de Juzgamiento y Aplicación de Sanciones a cargo de la Dependencia Jurídica Provincial de Apelaciones en Última Instancia de Infracciones de Tránsito, con asiento en la Ciudad de Córdoba, a fin que proceda al tratamiento, análisis, dictado de instrumentos legales y resolución de las Actas de Constatación de Infracciones a la Ley Provincial de Transito N° 8560 (T.O. 2004), sus modificatorias, concordantes y Decreto Reglamentario N° 318/07, labradas por personal de la Dirección General de la Policía Caminera. Artículo 2°. – ESTABLECER, como fecha de inicio de actividades de la Abogada Gretel Kyshakevych, DNI: 31.366.909, para desempeñar funciones como autoridad de Juzgamiento y Aplicación de Sanciones a cargo de la Dependencia Jurídica Provincial de Apelaciones en Última Instancia de Infracciones de Tránsito, con asiento en la Ciudad de Córdoba, a partir del día de publicación de la presente en el Boletín Oficial. Artículo 3°.- DISPONER que, por los canales administrativos correspondientes de la Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito, se proceda al registro de la profesional designada en el artículo que antecede, como autoridad de Juzgamiento y Aplicación de Sanciones a cargo de la Dependencia Jurídica Provincial de Apelaciones en Última Instancia de Infracciones de Tránsito. Artículo 4°.- ORDENAR que, por el Área Administrativa de la Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito, se proceda a notificar a la Autoridad de Control, a la página Web de la Dirección Gral. de Policía Caminera, al “RePAT”, a la Dirección de Jurisdicción de Sistemas del Ministerio Seguridad, y al resto de los Juzgados avocados, de los alcances de la presente. Artículo 5°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. RESOLUCIÓN: N° 30/25 FDO: MIGUEL ÁNGEL RIZZOTTI, DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 109 del 9 de junio de 2025.

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