08/06/2025 18:14
08/06/2025 18:13
08/06/2025 18:13
08/06/2025 18:11
08/06/2025 18:11
08/06/2025 18:10
08/06/2025 18:09
08/06/2025 18:08
08/06/2025 18:07
08/06/2025 18:07
Caseros » Genesis 24
Fecha: 08/06/2025 13:50
En una decisión inédita y que sienta antecedente en la provincia, el Consejo General de Educación (CGE) accedió a otorgar licencia por maternidad a una docente de Lucas González que cubre una suplencia a término fijo -se renueva cada 30 a 60 días-, y de ese modo la deja en pie de igualdad al resto de las trabajadoras de la educación, situación que hasta ahora no se había dado en Entre Ríos. La buena nueva la recibió la docente Marianela Soledad Ormaechea, suplente a término fijo en el cargo de Maestro de Educación Musical en la Escuela N° 8 Esteban Echeverría, de Lucas González, en el departamento Nogoyá. Ormaechea venía cubriendo el cargo con renovaciones periódicas de su suplencia, la última por el período que va del 01/11/2018 al 20/12/2018. En el ínterin, le habían otorgado licencia por maternidad pero sólo hasta la conclusión de su contrato laboral, el 20 de diciembre, aunque la fecha de parto se estableció para el 25. De ese modo, a partir del 20 de diciembre y hasta que se dé la vuelta a clases y pueda concursar nuevamente, se quedaba sin trabajo, y obviamente, sin salario. A instancias de la conducción de la seccional Nogoyá de la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer), el abogado Ramiro Pereira hizo una presentación ante el Consejo de Educación y pidió “extender los beneficios de la licencia con goce de sueldo aún con posterioridad a la finalización de la suplencia. Esta pretensión encuentra sustento normativo en las normas de derecho constitucional y convencional que brindan protección a la familia y a la niñez, así como a la que procuran la eliminación de las formas de discriminación contra la mujer”, dice el escrito que elevó a Educación. Eugenio Medrano, titular de Agmer Nogoyá, consideró que la docente es una maestra que había trabajado como suplente durante todo el año, con suplencias renovadas todos los meses, por lo cual “resultaba injusto privarla de la licencia por maternidad”. Por eso se accionó por vía administrativa ante el CGE, y se logró una resultado positivo. Aún así, desde el gremio consideraron que “debe modificarse la normativa y prácticas del CGE a fin de equiparar a los suplentes con los titulares, en todo lo que resulte posible” y destacaron “que van a trabajar orgánicamente en tal sentido, para que haya un proyecto que instrumente el reconocimiento de los derechos de los docentes suplentes.” El artículo 13 del decreto N° 5.923/2000, que regula el régimen de licencias docentes, fija que la licencia pre parto “se concederá durante los 45 cías anteriores al parto”. Y otros 60 días posteriores al parto. Y que en el caso del docente varón, gozará de 2 días hábiles de licencia remunerada en caso de nacimiento de hijo. Amparándose en ese texto legal, el abogado Pereira pidió que la docente con suplencia a término fijo pudiera quedar incluida en el mismo régimen, por cuanto el texto del decreto no hace diferencias respecto de la situación laboral del docente. Entre Ríos Ahora Comparte esto: Twitter Facebook
Ver noticia original