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Buenos Aires » Infobae
Fecha: 07/06/2025 20:37
Mario Firmenich Pocos días antes de que terminara el año pasado, la Cámara Federal porteña tomó una decisión que alteró los cimientos de la jurisprudencia. Dijo concretamente que el atentado a una repartición de la Policía Federal, ocurrido en julio de 1976, y por el que murieron 24 personas, fue una grave violación a los derechos humanos. Y que el Estado tiene la obligación de dar respuestas: por eso, en aquel fallo de diciembre de 2024, ordenó que el juzgado que investiga el caso convoque a una declaración indagatoria al ex jefe de Montoneros Mario Firmenich, sospechado de ser el principal responsable del ataque. Sin embargo, seis meses después ninguna citación a declarar llegó al para el ex dirigente de la organización guerrillera y ninguna de las medidas que pidió la Cámara fueron elevadas por el Juzgado Federal N° 1, a cargo de María Servini. Firmenich sigue sin ir a Tribunales a responder por lo acontecido aquella vez. Con el fallo de diciembre, la Cámara además exhortó a Servini para que lleve adelante medidas de prueba con el fin de determinar qué otros autores o encubridores hubo en el ataque. El caso, sostuvo, no está prescripto como dos años y medio antes había determinado la propia jueza federal. Además la Cámara incorporó a la causa a los denunciantes para que sean acusadores privados y revocó los sobreseimientos Horacio Verbitsky, Laura Silvia Sofovich, Miguel Ángel Lauletta, Lila Victoria Pastoriza, Norma Walsh y Carlos Aznares, además de Firmenich. La decisión de la Sala I de la Cámara Federal, integrada por Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia, probablemente escale hasta la Corte Suprema. Marca, además, una mirada paradigmática en las investigaciones por los crímenes de los 70, aunque se encargó de aclarar que es “excepcional” el criterio fijado para este caso: fue un atentado brutal, en donde las víctimas no eran miembros del Estado, en un caso que nunca fue investigado con seriedad. Pepe Salgado, el autor material del atentado al comedor de la Policía Federal en 1976 “Reparar los derechos de las primeras víctimas del atentado y, al mismo tiempo, proteger los de aquellas otras que hoy se presentan ante los tribunales de justicia -las olvidadas-, no corresponde mantener ocluidos los caminos investigativos. Por el contrario, se debe impulsar -con el vigor que corresponde- la presente acción, lo que se le encomienda expresamente a la magistrada de grado. Es necesario -diríamos imprescindible- realizar los mayores esfuerzos, desde la justicia, para reparar precisamente el valor justicia que se ha venido denegando a las víctimas”, afirmaron los jueces Bruglia y Bertuzzi en el fallo. “La historia no es una novela, ni el mundo se divide entre buenos y malos, sino en muchas tonalidades de grises. Por eso, aquí no se trata de diseñar una justificación simétrica entre los condenados de ayer por gravísimos delitos de Lesa Humanidad, e imputados de hoy en esta causa, sino de entender que los crímenes de la dictadura no absuelven los crímenes de quienes sentaron el terror desde otros ámbitos”, escribió en el mismo documento el magistrado Llorens. “El delito, en principio, no tuvo como protagonista a ningún representante del Estado. Por lo contrario, fueron principalmente sus propios agentes los que resultaron víctimas del hecho, y fue una organización no estatal la que se atribuyó directamente el atentado”, dice el fallo, y agrega: “Y aunque no haya sido el poder público el responsable directo de esas muertes, heridos y daños, ya sea por acción u omisión, sus autoridades eran las encargadas de garantizar otro tipo de responsabilidad, que también constituye una violación a un interés fundamental, básico, de los derechos humanos”. Una de las últimas apariciones públicas de Firmenich fue en un documental sobre el Mundial de Fútbol de 1978 Los jueces explicaron que el fallo no tiene prescripción: “Esta vulneración no se limitó a un momento específico del pasado, sino que se extiende hasta la actualidad. Se trata del deber exclusivo y esencial del estado de investigar y dar respuesta y protección judicial a los derechos de las víctimas”. Cómo fue el atentado La bomba detonó a las 13.20 del 2 de julio de 1976 en el comedor de la Superintendencia de Seguridad Federal, ubicada en la calle Moreno 1431, en territorio porteño. Habían pasado apenas tres meses y unos días del Golpe. Argentina atravesaba su hora negra, con terrorismo de Estado y ataques subversivos. Los desaparecidos se contaban de cientos cada día. “La cúpula de la organización armada no estatal Montoneros había seleccionado meticulosamente ese sitio para comunicar a las fuerzas de seguridad, y por su intermedio a todo el pueblo argentino, su presencia, su ofensividad y su capacidad para eludir todo obstáculo que se interponga en su camino”, recordó el fallo de la Cámara sobre el episodio. Momentos después de la explosión, un comunicado de la organización se atribuyó el hecho. La reivindicación sería habitual en la prensa de la agrupación. “Hicimos volar por el aire a 40 comensales de la Superintendencia de Seguridad Federal…”, se jactaron tiempo después desde las páginas de uno de sus órganos de propaganda, el primer fascículo de la revista “Estrella Federal” del mes de mayo de 1977. Los detalles de ese ataque fueron relatados en un libro del periodista Ceferino Reato, “Masacre en el comedor”, considerado el atentado más sangriento que llevó adelante la agrupación Montoneros. El autor material fue José María Salgado, Pepe, un joven agente de policía de 21 años que también estudiaba Ingeniería Electrónica en la Universidad de Buenos Aires. Más tarde terminaría destrozado en una sala de torturas de la ESMA. Firmenich, en la cabeza de una mesa de la cúpula de Montoneros En 2006, la jueza Servini rechazó una denuncia contra los presuntos autores del atentado por entender que no era un crimen de lesa humanidad. La Cámara Federal dijo entonces que Montoneros no “constituyó una organización entendida en esos términos, por lo que es equivocado sostener que los delitos a ella atribuidos constituyan crímenes contra la humanidad”. Pero a fin de 2021, un grupo organizaciones civiles y 400 abogados se presentaron en el juzgado para pedir la reapertura de la causa y solicitar que sea declarado imprescriptible . En ese contexto solicitaron llamados a indagatorias y capturas de los líderes de la organización que fue declarada asociación ilícita en el gobierno de María Estela Martínez de Perón. El fiscal Guillermo Marijuan y la jueza Servini rechazaron la petición porque se consideró que la acción penal ya estaba prescripta. En 2022, los jueces Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia decidieron anular la resolución de la jueza para que dicte un nuevo fallo. “Entendemos que el temperamento atacado contiene vicios trascendentes que lo afectan como acto jurisdiccional válido. Conforme lo han sostenido los aquí recurrentes, el pronunciamiento no satisface los estándares de motivación exigidos por la ley”, señalaron. La jueza volvió a fundar el cierre de la causa. Afirmó que sus superiores ya habían declarado, en resoluciones firmes, que el acontecimiento del 2 de julio de 1976 en el salón comedor de la Superintendencia de Seguridad Federal de la PFA, más allá de lo aberrante y reprochable que resultó, no constituía un delito de lesa humanidad, ni un crimen de guerra. Tampoco era un acto de terrorismo –conforme las pautas establecidas en el Convenio Internacional contra la Financiación del Terrorismo-; ni una grave violación a los derechos humanos. Por ello, le eran aplicables las reglas generales sobre la vigencia de la acción, que en este expediente se encontraba ya agotada. Eso volvió a la Cámara Federal, apelado por los denunciantes. En diciembre, entonces, la Cámara ordenó diversas medidas, dijo que la causa no había prescripto y pidió que declaren Firmenich y sus ex compañeros montoneros. Pero eso, medio año después, todavía no ocurrió.
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