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Buenos Aires » Infobae
Fecha: 07/06/2025 04:46
La Justicia Federal condenó a un hombre por encubrimiento de contrabando tras hallarse en su casa más de 800 neumáticos y mercadería de origen extranjero sin aval aduanero Un hombre de 46 años fue condenado a dos años de prisión condicional por encubrimiento de contrabando agravado, luego de que se hallaran en su domicilio de la localidad cordobesa de Villa San Nicolás centenas de neumáticos y otros productos de origen extranjero valuados en casi 146 millones de pesos. La sentencia estuvo a cargo de la jueza María Noel Costa del Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOCF) Nº 3 de Córdoba, que consideró acreditado que el acusado, José Pío Lescano, recibió y almacenó la mercadería sin documentación que respaldara su tenencia, con conocimiento de su origen ilegal. El caso se originó tras una denuncia anónima presentada ante Gendarmería Nacional, que indicaba que Lescano trasladaba cubiertas desde Tucumán hasta su vivienda en Córdoba para su reventa al por mayor en gomerías. Entre los días 12 y 15 de marzo de 2024, personal de la fuerza de seguridad federal realizó tareas de campo alrededor del domicilio del hombre señalado, donde detectó la presencia de los distintos autos que mencionaba la denuncia y que la casa del sospechoso contaba con una tapia perimetral que impedía la visibilidad hacia el interior. En las actuaciones se acreditó que el acusado tenía antecedentes por “transportar mercadería de origen extranjera sin el correspondiente aval aduanero” en Salta, Tucumán, Santiago del Estero, Catamarca y Córdoba. De hecho, el 17 de octubre de 2023, Lescano fue interceptado mientras trasladaba 46 neumáticos sin documentación respaldatoria para ingresar de forma legal al país. Según reseñó el fallo al que tuvo acceso Infobae, entre el 5 y el 9 de abril de 2024, la Unidad Criminal de Tucumán se abocó a la vigilancia de la casa del importador. En ese lapso se constató que “arribaron (...) en horas de la noche diversos vehículos con ocupantes de sexo masculino, descargando bultos hacia el interior del domicilio”. El 8 de abril a las 22:30, se observó una Mercedes Benz Sprinter y, en la madrugada del 9 de abril, un camión Iveco descargó todo tipo de elementos en la misma casa. Ese mismo día se ejecutó una orden de allanamiento en el inmueble de la calle Los Industriales, esquina Los Principios y El País, en la localidad cordobesa de Malagueño. Durante el procedimiento se incautaron 871 cubiertas de auto de diferentes modelos y marcas, 385 termos, 1368 pares de ojotas, 180 mantas polar, 300 pares de medias, 420 pares de pantuflas, 660 repasadores de algodón, 180 toallas, 180 remeras, entre una amplia variedad de productos oriundos mayormente de China. La Gendarmería fue la encargada de iniciar las tareas de campo para investigar al contrabandista (Archivo) También fueron secuestrados $5.299.000, USD 305, cinco teléfonos celulares, una máquina de contar billetes y dos cuadernos con anotaciones ligadas al contrabando. La Dirección General de Aduanas valuó la mercadería en un total de $145.986.348,03, o USD 168.867,96, “destacando que todos los bienes secuestrados son de origen extranjero”. Al asistir a la audiencia de debate, Lescano admitió los hechos y declaró: “Yo reconozco el hecho. No sabía que esto era así. Conozco los hechos y soy culpable. Pido una oportunidad”. En tanto, el fiscal general Maximiliano Hairabedian afirmó que “los hechos objeto de acusación y la participación del imputado están acreditados con certeza”, tanto por la prueba documental como por el reconocimiento expreso. Ponderó como dato a tener en cuenta que Lescano “no ha tenido educación, que no sabe leer ni escribir, que viene de un extracto social con dificultades económicas”, y requirió una pena de dos años de prisión en suspenso. A su vez, solicitó el decomiso de una Toyota Hilux, el dinero secuestrado y la Sprinter, cuya titularidad estaba a nombre de un familiar del acusado. La defensa técnica, a cargo de Marcelo Alejandro Flores, se manifestó conforme con la calificación legal, la pena y su ejecución condicional, pero objetó el decomiso de los autos. Argumentó que “el vínculo familiar y la posesión de cédulas autorizantes no son elementos suficientes para justificar el decomiso”. Llegada la instancia de resolución, la jueza de Cámara María Costa explicó que las actividades que se le reprochaban a Lescano no habían sido ejecutadas de manera esporádica o circunstancial, “sino que constituyeron una práctica reiterada en el tiempo e integraba la actividad lucrativa usual el acusado”. “Ello se deriva de las diversas constancias de la causa”, afirmó, y mencionó un informe que daba cuenta ”del constante flujo migratorio del imputado hacia el Estado Plurinacional de Bolivia" y el prontuario del acusado, con “una considerable cantidad de antecedentes vinculados al transporte de mercadería de origen extranjero sin el correspondiente aval aduanero”. “A ello se adiciona la información obrante en los cuadernos secuestrados que permite tener por acreditado que se dedicaba con habitualidad a la venta de neumáticos, a personas particulares, sin ningún tipo de registro formal ni constancias sobre su procedencia”, continuó. La pena fue determinada dentro de una escala legal que, con el agravante “por habitualidad”, se eleva hasta un máximo de cuatro años de cárcel. La jueza tuvo en cuenta la cantidad de mercadería secuestrada, tanto en relación al volumen como a la importancia de la valuación que hizo la Dirección de Aduana. La jueza María Noel Costa ordenó el decomiso de vehículos, dinero en efectivo y productos ilegales secuestrados en la casa del ahora condenado (Gentileza: La Voz) Por otra parte, como puntos atenuantes para reducir la sanción contra el acusado, la magistrada valoró “el reconocimiento de los hechos y de su culpabilidad, que carece de antecedentes penales -de reincidencia- y que es una persona sin estudios”. La sentencia impuso reglas de conducta durante el tiempo de condena condicional: fijar residencia, comparecer ante el tribunal y someterse al control de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal, además de abstenerse de cometer nuevos delitos. Respecto del decomiso, la magistrada del TOCF 3 de Córdoba dispuso que los vehículos Mercedes Benz Sprinter y Toyota Hilux, junto al dinero en efectivo, la máquina de contar billetes y los cinco celulares pasen al Estado nacional, en virtud del artículo 23 del Código Penal. Para fundamentar su decisión, expresó que “el decomiso de las ganancias obtenidas a través de actividades delictivas (...) es una herramienta legal fundamental en el ordenamiento jurídico argentino, con el objetivo de privar al condenado de los beneficios ilícitos y restablecer el orden jurídico patrimonial. En este caso se busca desincentivar la reiteración delictiva”. La mercadería secuestrada quedó en manos de la Dirección General de Aduanas. En cuanto al Renault Fluence y el Fiat Uno, también incautados al inicio de la instrucción, fueron restituidos a sus titulares registrales tras quedar fuera del pedido fiscal.
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