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Parana » La Nota Digital
Fecha: 05/06/2025 21:46
El STJ confirmó la sentencia en un amparo ambiental que ordena al gobierno brindar información sobre el destino de la extracción de arena del río. El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos resolvió rechazar el recurso de apelación interpuesto por el Gobierno provincial y confirmar íntegramente la sentencia de primera instancia que hizo lugar, de forma parcial, a una acción de amparo por acceso a la información pública presentada por Fundación CAUCE. Indica Diario Uno que el fallo del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos ratifica la obligación del Estado provincial de brindar la información faltante en el plazo de diez días hábiles administrativos, específicamente la relacionada al destino de la arena extraída. El fallo de primera instancia lo dictó el Juez del Trabajo N°3 de Paraná, José Antonio Reviriego.
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