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  • El STJ de Entre Ríos falló a favor de la transparencia: el Gobierno deberá informar sobre el destino de la arena extraída

    Concordia » 7paginas

    Fecha: 05/06/2025 00:40

    La acción judicial fue promovida por la Fundación CAUCE el 10 de abril de 2025, tras no obtener respuesta a una solicitud de acceso a la información pública presentada en noviembre del año pasado. La demanda solicitaba información sobre la extracción de arenas silíceas y de río, los controles estatales, los volúmenes extraídos, los ingresos fiscales derivados de esta actividad y, fundamentalmente, los destinos de la arena. El STJ ratificó que el Estado provincial deberá entregar la información faltante en un plazo de diez días hábiles administrativos. En su voto, la vocal Susana Medina cuestionó duramente al Ejecutivo por no haber proporcionado datos concretos sobre el destino de la arena, ni en el ámbito administrativo ni en sede judicial. Además, calificó como improcedente el argumento oficial que alegaba que la información era “reservada” o “sensible”. El tribunal recordó que la entrega de información pública ambiental debe hacerse de forma completa, veraz, adecuada y oportuna, según lo establecido por el Acuerdo de Escazú, la Ley Nacional 25.831 y la normativa provincial. Asimismo, subrayó que los argumentos de confidencialidad no pueden ser utilizados para bloquear el acceso ciudadano a datos de interés público, sobre todo cuando existen mecanismos legales para resguardar información sensible sin omitir la entrega del contenido relevante. Desde Fundación CAUCE celebraron el fallo y reafirmaron su compromiso con la defensa del derecho a la información ambiental. “La transparencia y la participación ciudadana son fundamentales para garantizar una gestión democrática y sustentable de los bienes comunes”, expresaron. Este caso marca un precedente importante en la región, consolidando el principio de que los recursos naturales, su explotación y su destino no pueden estar fuera del escrutinio público.

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