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  • Su Santidad Francisco y el Derecho Penal

    Parana » AnalisisDigital

    Fecha: 03/06/2025 11:43

    Por Raúl E. Barrandeguy (*) La muerte de Su Santidad el Papa Francisco, no por lo inevitable menos acongojante, ha sumido a la cristiandad toda -creyentes y también no creyentes- en un desconcierto doloroso, como el que ocurre en las familias cuando muere el padre. ¿Quién nos ayudará ahora a encontrar el camino en busca de las grandes respuestas a las preguntas que la humanidad propone para ganar su propia salvación? Nos queda un mundo al borde del desquicio donde los más débiles aportan su dolor para solaz y beneficio de los más poderosos. ¿Cómo impedir la degradación del planeta, las guerras, la violencia, la pobreza extrema, la trata de personas, la corrupción, la muerte de niños gaseados, bombardeados o víctimas del hambre o la desnutrición? Se ha ido aquel que sacudía la conciencia universal predicando la responsabilidad que el hombre adquiere con sus semejantes por el hecho de formar parte de la humanidad. “Nadie se salva solo”, solía predicar el Santo Padre. Pero esa ausencia se hace presencia en el fulgor de los ideales de Francisco, tan vigentes hoy como nunca. Y nos compromete a continuar sus empeños en la lucha por la paz, la justicia y la verdad. Desde ese atalaya Francisco interpela a todos quienes hacen la sociedad tal como es, pero que pudieran construirla más justa, más razonable, más humana, llegando a ellos con su mensaje de esperanza en el advenimiento de un mundo mejor. Y en este diálogo fecundo con todos aquellos llamados a ser sus interlocutores, se destacan los abogados penalistas latinoamericanos a quienes se dirigió especialmente en su carta al XIX Congreso Internacional de la Asociación Internacional de Derecho Penal y al III Congreso de la Asociación Latinoamericana de Derecho Penal y Criminología fechada en el Vaticano el 30 de mayo de 2014. En esas páginas –y también en la reciente entrevista que le realizó el periodista Gustavo Sylvestre- el Papa Francisco se expidió destacando que la razón de muchos males sociales es la utilización del Derecho Penal con el propósito de intervenir en la lucha política, fenómeno al que el Papa denominó lawfare refiriéndose a esas oscuras tramas entre fiscales, jueces, abogados, periodistas y políticos urdidas para descalificar y proscribir adversarios en la lucha por el poder; maniobras deleznables todas que, tratando de favorecer a los amigos y perjudicar a los adversarios, hieren de muerte la democracia republicana. Reprueba Francisco la degradación que le produce a la convivencia este uso enajenado de la Justicia que se concreta aplicando leyes arbitrariamente. Con el propósito de excluir de la liza política al competidor se lo amenaza con la persecución penal auspiciando incluso la ejecución de sentencias recurridas que no están firmes, llegando al extremo de promover la sanción de leyes especiales para derogar principios del Derecho varias veces centenarios. O disponiendo directamente el encarcelamiento sin causa del opositor. Sin embargo, es verdad que, desde la más insondable noche de los tiempos, las sociedades siempre han castigado por medio de sus instituciones, a quienes violaban las reglas pensadas para asegurar la convivencia en paz, animadas todas por la idea de que cuanto más cruel era el castigo, más seguro habría de vivir el ciudadano. De esta manera tales prácticas “judiciales” se fueron confundiendo con el “derecho penal” que iba naciendo. Se hacía sufrir brutalmente al acusado torturándolo para averiguar la verdad de la denuncia y una vez establecida de este modo la culpabilidad del torturado, se lo hacía sufrir de nuevo, si había quedado vivo, impartiéndole algún suplicio terminal atroz. La prisión perpetua se administraba con enorme munificencia y se cumplía en ergástulos inmundos de donde el interno no saldría nunca más. No se conocía ni la condenación condicional ni la libertad condicional. Naturalmente, al menos en Occidente, con la llegada de la Edad Moderna estas prácticas “punitivas” salvajes, paulatinamente y muy pausadamente se fueron abandonando. Se consolida la idea de que el castigo público no puede ser ni debe transformarse en una tecnología sádica para imponer sufrimiento. Un derecho penal humanitario se abre firme camino en la cultura de los pueblos. Bajo la influencia de los eruditos que lo desarrollaron, ya al promediar la Edad Media, las ideas del Derecho Natural, los padecimientos de los enjuiciados y ulteriormente condenados se fueron atenuando. La pena de muerte ya no se emplea para castigar. La tortura ya no se admite para investigar. Las cárceles se proclaman “sanas y limpias para seguridad y no para castigo de los reos internados en ellas”. La prisión preventiva en ningún caso puede tener propósitos vicariantes: solo se admite para asegurar los fines del proceso. Y por fin la condena a prisión efectiva sólo pretende que el interno durante su encerramiento reconozca la obligación de respetar la ley que violó. La Edad Moderna había llegado a la Justicia. Así se espera que el penado se enmiende y no vuelva a delinquir. Y son luminosas las ideas de Francisco cuando predica que ante el delito “Es necesario hacer justicia, pero la verdadera justicia no se contenta con castigar simplemente al culpable. Hay que avanzar y hacer lo posible por corregir, mejorar y educar al hombre de modo…que haga frente al daño causado…sin quedar aplastado por el peso de sus miserias” (sic). El movimiento humanista que se formó elaborando y sosteniendo estas ideas dio lugar a lo que hoy se conoce como derecho penal de base antropológica precisamente por ser respecto del hombre que sus normas cobran sentido, límites y justificación. Y justamente, tomando como centro de su reflexión la condena penal, el Papa Francisco destaca la condición humana del preso que debe ser tratado con la dignidad de todo hijo de Dios. Enseña con virtuosa convicción que “hay una asimetría entre el delito y la pena…un ojo o un diente roto no se remedia rompiendo otro. Se trata de hacer justicia a la víctima, no de ajusticiar al agresor…Sería un error identificar la reparación sólo con el castigo, confundir la justicia con la venganza… sólo contribuiría a incrementar la violencia… La experiencia nos dice que el aumento y endurecimiento de las penas con frecuencia no resuelve los problemas sociales ni logra disminuir los índices de delincuencia…Y además se pueden generar graves problemas sociales…como son las cárceles superpobladas o los presos detenidos sin condena” (sic). Agrega el Pontífice Máximo “una sociedad que se rige solamente por las reglas del mercado y crea falsas expectativas y necesidades superfluas descarta a los que no están a la altura e impide que los débiles o los menos dotados se abran camino en la vida” (sic). Se refiere Francisco al Derecho Penal de nuestro tiempo conforme al cual las sociedades castigan la violación de sus principales Leyes; y al respecto nos deja su mensaje de enmienda y de perdón. Es necesario ofrecer a los penados y en particular a los más jóvenes, la oportunidad del arrepentimiento, de la contrición, de la penitencia, de la reparación del daño causado a la víctima. Acercar el preso al trabajo, a la educación, a su familia y a sus víctimas, son formas virtuosas de prepararlo para la libertad. Sobre este delicado asunto, hace pocos días, todos los operadores del Derecho Penal recibimos del extinto pontífice un ejemplo precioso que vale la pena atesorar. Días antes de su fallecimiento Francisco donó para una fábrica de pastas que administrada por internos funciona en el centro de detención juvenil “Casal del Marmo”, en Roma, la cantidad de doscientos mil euros, el último dinero que le quedaba en su cuenta. El Derecho Penal debe registrar ese acto de generosidad y desprendimiento. Los penalistas estamos emplazados a inspirarnos en ese ejemplo. Y la memoria de Francisco, así, será bruñida por la memoria activa de la humanidad. (*) Abogado penalista

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