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  • Entre Ríos, Argentina

  • Fallo judicial ordena cese de desmonte y reconoce responsabilidad ambiental

    Parana » AIM Digital

    Fecha: 31/05/2025 04:32

    La jueza de Paz 1 de Paraná, María Virginia Giachello, hizo lugar parcialmente a la acción de amparo ambiental presentada por la Fundación Cauce, en un fallo que representa un importante avance en la defensa del bosque nativo entrerriano. La sentencia establece el cese inmediato de los desmontes ilegales, declara la responsabilidad ambiental de las personas y empresas involucradas, y obliga al Estado provincial a actuar con celeridad, informaron a AIM. La acción de amparo fue promovida el 18 de marzo de 2025 por la directora ejecutiva de la Fundación Cauce, Valeria Enderle, contra el gobierno de Entre Ríos, así como contra las empresas Salentein Argentina B.V., SYS S.A. (representada por Cristian Sterz), El Choli (de Martín Bleginomini) y Jorge Rodríguez, por desmontes ilegales en tres lotes ubicados en zonas categorizadas como I (rojo) y II (amarillo) en el Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (Otbn), donde la tala está prohibida. En su resolución, la jueza ordenó el cese inmediato del desmonte en los predios identificados en los planos números 37797, 37796 y 3278, de propiedad de Salentein Argentina B.V. y de SYS S.A., así como de El Choli y Jorge Rodríguez. La jueza consideró a las empresas responsables de daño ambiental, basándose en el dictamen del Ministerio Público Fiscal que reconoció la necesidad de intervención judicial para frenar los daños al monte nativo. La sentencia aplicó el principio preventivo, buscando evitar mayores daños, dado que ya se habían registrado unas 125 hectáreas desmontadas ilegalmente. Entre las pruebas presentadas, se incluyeron: mediciones de un ingeniero agrimensor que constató “abras” de entre 50 y 60 metros, que los demandados habían indicado como supuestos cortafuegos; y un informe técnico de la Universidad Autónoma de Entre Ríos (Uader), que confirmó que el desmonte había comenzado en junio de 2024, cuando Salentein aún era titular del dominio, a pesar de haber cedido el uso del predio por comodato. La jueza desestimó el informe del perito Cian por falta de rigurosidad técnica, tal como había señalado la Fundación Cauce al solicitar su nulidad. Además, exhortó al Estado provincial a resolver, en un plazo de 60 días hábiles, el expediente administrativo iniciado por Cristian Sterz, Martín Bleginomini y Jorge Rodríguez, y a informar a la Justicia sobre los avances. Desde la Fundación Cauce, celebraron este fallo como un paso firme hacia la aplicación efectiva de la Ley de Bosques (Ley 26.331), la Ley 10.284 del Otbn y de la Constitución. La sentencia, con fecha del 29 de mayo, reconoce la gravedad del daño ambiental que implica el desmonte de áreas especialmente protegidas y reafirma la responsabilidad del Estado en la preservación de los ecosistemas.

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