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Parana » Plazaweb
Fecha: 30/05/2025 14:23
La jueza de Paz Nº 1 de Paraná, Virginia Giachello, ordenó el cese inmediato del desmonte en los lotes de propiedad de la empresa agropecuaria Selentein Argentina B-V, ubicados en los distritos Mojones Norte y Mojones Sur en el departamento de Villaguay. La medida fue adoptada ayer por la magistrada al hacer lugar parcialmente a la acción de amparo ambiental promovida por Fundación CAUCE: Cultura Ambiental - Causa Ecologista. Asimismo, declaró responsables del daño ambiental a los representantes de la firma y exhortó al Estado provincial a que se arbitren los medios y canales conducentes a fin de dictar -prontamente- la resolución administrativa en el marco del expediente N° 3.010.683 iniciado en el mes de marzo del año 2024 conforme los Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos. La jueza de Paz Nº 1 de Paraná, María Virginia Giachello, hizo lugar parcialmente a la acción de amparo ambiental presentada por Fundación CAUCE: Cultura Ambiental – Causa Ecologista, en una sentencia ejemplar, bien fundamentada tanto en lo fáctico como en lo jurídico, que representa un importante avance en la defensa del bosque nativo entrerriano. El fallo establece el cese inmediato de los desmontes ilegales, declara la responsabilidad ambiental de las personas y empresas involucradas y obliga al Estado provincial a actuar con celeridad. TAMBIÉN PODÉS LEER: La Brigada de Respuesta Ambiental intervino en un incidente por desmonte y quema ilegal La acción fue promovida el 18 de marzo de 2025 por la directora ejecutiva de la Fundación CAUCE, Valeria Enderle, contra el Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, la empresa Salentein Argentina B.V., SYS S.A. (representado por Cristian Sterz), El Choli (de Martín Bleginomini) y Jorge Rodríguez por desmontes ilegales en tres lotes ubicados en zonas categorizadas como I (rojo) y II (amarillo) en el Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN), donde la tala está prohibida. Desde CAUCE destacaron que en que en el fallo se aplicó el principio preventivo, es decir, evitar mayores daños, dado que ya se registraron unas 125 hectáreas desmontadas en forma ilegal. La sentencia, con fecha 29 de mayo, reconoce "la gravedad del daño ambiental que implica el desmonte de áreas especialmente identificadas de monte a proteger como son las categorías I y II (roja y amarilla), la ilegalidad del accionar de empresas y particular que pretenden saltear las áreas del Estado que están para proteger y cuidar nuestros bienes naturales y la responsabilidad que al propio Estado en el objetivo de la preservación de nuestros ecosistemas", resaltaron.
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