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» Diario Cordoba
Fecha: 30/05/2025 14:07
El titular del Juzgado de Instrucción 9 de Valencia ha decretado el sobreseimiento provisional de la causa abierta por el incendio de Campanar en el que fallecieron diez personas, tres de ellas, menores de edad (dos hermanos de dos años y ocho días y una adolescente de 14), al entender que los hechos no presentan caracteres de delito. La investigación de la policía concluyó el siniestro mortal originado en el octavo piso el 22 de febrero de 2024 se trató de un incendio estructural, con un único y principal foco de fuego, de etiología accidental. El magistrado ha concluido tras la práctica de numerosas diligencias de investigación que el fuego fue accidental y no se ha hallado a “ningún autor conocido o desconocido que de forma dolosa o imprudente pueda reputarse autor de un hecho delictivo que se corresponda con los hechos sucedidos”. “Alguien al que, por tanto, se le pudieren imputar indicios de comisión de algunos de los delitos o sus formas del Código Penal”, añade el instructor en el auto, que puede ser recurrido en reforma en el plazo de tres días. La resolución recoge que durante todo el procedimiento no se han “vislumbrado siquiera de forma indiciaria ni existencia de delito ni de presunto autor del mismo. Los dos elementos que deben concurrir para realizar una imputación formal a una persona”. De este modo, “los desgraciados hechos de que trae causa el presente procedimiento, que tan alarma han causado en el seno de la sociedad valenciana, han sido clasificados como accidental, exento pues de un actuar humano y debido a un accidente a quien poder imputar un delito y motivo para l apertura de un procedimiento penal abreviado”, abunda el juez. El magistrado relata en su auto, de 23 páginas, todas las diligencias de investigación realizadas hasta la fecha, divididas en tres pilares básicos: prevención, extinción y la concreta investigación. Entre esas diligencias figuran cerca de una treintena de declaraciones testificales y el análisis de numerosos documentos incorporados a la causa, como el informe elaborado por especialistas de la Comisaría General de Policía Científica, de la Policía Nacional. Ese informe concluye que el incendio se generó de forma accidental en un único y principal foco, localizado en el frigorífico situado en la cocina de la vivienda número 86 de la octava planta del edificio, en la calle Poeta Rafael Alberti número 2 de Valencia. El titular del Juzgado de Instrucción 9 se refiere también de forma especial a otro documento, el relativo a la clase de material utilizado en el revestimiento de la fachada, clasificado como M1 (combustible/no inflamable). Ese material era “conforme con la legalidad vigente” -precisa- y “no aparece indicio de negligencia” en la actuación de técnicos privados y municipales, ni en sus suministradores o fabricantes. En cuanto a los trabajos de extinción desarrollados por los bomberos de Valencia, el magistrado señala que se ajustaron “a los protocolos correspondientes”, así como a “las realidades que iban aconteciendo con sus posibilidades”. El auto desgrana igualmente las resoluciones dictadas por la Audiencia Provincial de Valencia que confirmaron en apelación las emitidas por el propio juez de Instrucción. “En definitiva, la instrucción general de la causa no deja espacio para poder construir jurídicamente indicios mínimos para pensar y concluir, de todo lo actuado hasta el momento, algún elemento culpabilístico en los participantes y las consecuencias de la construcción del edificio de Campanar y sus terribles consecuencias, más allá de una causa accidental”, concluye el instructor. El juez desestima las diligencias interesadas por los letrados de las familias de las víctimas y considera que no cabe acordar la prórroga de Instrucción de los presentes autos en base al informe técnico-científico elaborado por Policía Científica de la Policía Nacional. En el mismo se determinó que no había indicios de delito y que la fuente de ignición, "parece indicar que pudiera haber existido una incidencia en la zona trasera del frigorífico". Se realizó un examen detallado del cableado y las conexiones que no han sido destruidas, sin descubrir, aparentemente ninguna señal de cortocircuito o mal funcionamiento. Dicho informe, "si bien, no se puede ser categórico a la hora de descartar el origen eléctrico de este suceso, debido al alto grado de destrucción de la zona y al rigor técnico de los investigadores no se puede establecer fehacientemente la fuente de ignición". El instructor ya decretó el sobreseimiento provisional de estas diligencias previas el 8 de marzo de ese mismo año, tras recibir un oficio policial en el que descartaba expresamente la “etiología criminal o delictiva” del incendio.Pero la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ordenó reabrir la causa hace justo un año. En ese tiempo el juez ha tomado declaración a numerosos testigos, desde el conserje del edificio que detectó el origen del incendio y avisó a los servicios de emergencias, el inquilino y la propietaria de la vivienda donde se originó el incendio, la administradora de la comunidad de propietarios del inmueble siniestrado y copropietaria del mismo, al inspector jefe del grupo de homicidios de la Policía Nacional que investigó los hechos. De igual modo también declararon el comisario jefe de la brigada provincial de policía científica de Valencia y Enrique Chisbert, jefe del cuerpo de bomberos del Ayuntamiento de Valencia. Así como distintos policías del grupo de científica y el arquitecto autor del proyecto de construcción del inmueble siniestrado. También se tomó declaración para esclarecer las circunstancias y posibles responsabilidades, al arquitecto técnico responsable de la ejecución del proyecto de construcción, a los arquitectos técnicos municipales que realizaron el informe previo a la concesión de licencias del inmueble, al jefe de negociado administrativo del departamento de concesión de licencias del Ayuntamiento de Valencia. Al cabo del cuerpo municipal de bomberos que acudió al inmueble al mando de la primera dotación y al sargento y al cabo del cuerpo municipal de bomberos que acudieron al inmueble y sucedió en el mando al citado cabo, entre otros.
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