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  • Córdoba impulsa la economía circular con un nuevo programa

    » Comercio y Justicia

    Fecha: 30/05/2025 03:29

    Tiene como eje central posicionarla como modelo productivo y de consumo, buscando alinear las políticas públicas y la toma de decisiones con los objetivos de desarrollo sostenible que plantea la Agenda 2030. Los municipios que deseen sumarse al programa deberán firmar un acta de adhesión y cumplir varias etapas para acceder a los beneficios que establece la norma Ministerio de Ambiente y Economía Circular Resolución N° 81 Córdoba, 7 de mayo del año 2024 VISTO: El “PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE LAS BUENAS PRÁCTICAS DE LA ECONOMÍA CIRCULAR”. Y CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto 2206/2023 ratificado por Ley N°10.956, se establece la Estructura Orgánica del Poder Ejecutivo, invistiendo al Ministerio de Ambiente y Economía Circular con competencia para asistir al Poder Ejecutivo, en lo que hace al control y protección del ambiente con miras a lograr un desarrollo sustentable y, en particular, para trabajar en conjunto con los gobiernos locales las principales problemáticas socio ambientales, fortaleciendo las políticas públicas ambientales a nivel local como así también a realizar acciones que impulsen significativamente la Economía Circular en el territorio de la Provincia. Que uno de los ejes centrales del Ministerio es posicionar la Economía Circular como modelo productivo y de consumo, alineando sus políticas públicas y la toma de decisiones con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) que plantea la Agenda 2030 en el marco del Ordenamiento Jurídico vigente. Que, en ese orden, el “Programa de fortalecimiento de las Buenas Prácticas de la Economía Circular”, tiene como objetivo central el tejido de redes de apoyo, contacto y colaboración, haciendo hincapié en la necesaria articulación entre el Gobierno Provincial y los Gobiernos Locales y en la importancia de tejer alianzas estratégicas entre el sector público, el privado y el tercer sector, utilizando métodos de participación y puesta en común. Que se prevén como ejes centrales del Programa: a) Economía Circular y descentralización; b) Empleo Verde como foco en las capacitaciones, tendiendo a la profesionalización en toda la Provincia, buscando fortalecer el régimen cooperativo y asociativo, como así también a emprendedores y empresas de la Economía Circular; c) Educación Ambiental, d) Promoción Ambiental; e) Gestión Sostenible de los Residuos Sólidos y el acomodamiento o cicatrización de los Basurales a Cielo Abierto. Que dentro de la estrategia de gestión se prevé potenciar a los Gobiernos Locales por medio del fortalecimiento y la estandarización de las prácticas circulares, para lo cual se ponen a disposición manuales de referencia en los que se sugiere cómo abordar temáticas concretas atinentes a la Economía Circular, con el fin de que la toma decisiones se realice en función del objetivo planteado. Que los Gobiernos Locales podrán adherir al Programa, por medio de un Acta de Adhesión en la que se comprometen a: a) realizar todas las acciones tendientes a garantizar el alcance de los objetivos previstos en el Programa de Fortalecimiento de las Buenas Prácticas de la Economía Circular, los cuales declara conocer y aceptar; b) implementar en su estrategia de gobernanza los manuales de buenas prácticas facilitados por el Ministerio de Ambiente y Economía Circular; c) articular con la Secretaría de Economía Circular y Empleo Verde, campañas de Educación Ambiental y Promoción Ambiental; d) difundir en todo el territorio de su localidad las acciones llevadas adelante en conjunto con el Ministerio, destinadas al desarrollo de la Economía Circular y el Empleo Verde. Que para acceder a los beneficios que supone la adhesión al Programa, se determina la obligatoriedad de cumplimiento de las distintas etapas definidas en el Programa a saber: I) Etapa 1: a) diagnóstico de situación de las plantas de tratamiento, regionales y/o locales; fortalecimiento regional por medio del tejido de alianzas estratégicas con gobiernos locales que formen parte de una misma región; c) relevamiento de las Cooperativas y Empresas de la Economía Circular propiciando su Inscripción en el Registro Circular; d) estimación presupuestaria para fortalecer la Economía Circular. 2) Etapa II: a) presentación de un Plan de Gestión Ambiental acorde a los lineamientos que se prevé en el presente Programa. 3) Etapa III: Otorgamiento de ayuda económica y ejecución del Proyecto de Gestión. Que es facultad del Ministerio la creación y puesta en marcha de programas relacionados con su competencia según Decretos N°2206/2023 y N°2449/2023. Es por ello y en ejercicio de sus atribuciones; LA MINISTRA DE AMBIENTE Y ECONOMÍA CIRCULAR R E S U E L V E: Artículo 1°: APRUÉBASE, el texto, términos y acciones del “Programa de Fortalecimiento de las Buenas Prácticas de la Economía Circular” y sus Anexos, el que tiene como eje central posicionar la Economía Circular como modelo productivo y de consumo, buscando alinear las políticas públicas y la toma de decisiones con los Objetivos de Desarrollo Sostenible que plantea la Agenda 2030 en el marco del Ordenamiento Jurídico vigente, formando parte de la presente Resolución como Anexo I. Artículo 2º: PROTOCOLÍZASE, comunícase, y oportunamente archívase. FDO.: MARÍA VICTORIA FLORES – MINISTRA DE AMBIENTE Y ECONOMÍA CIRCULAR N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 102 del 29 de mayo de 2025.

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