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  • Mársico pide aplicar "todo el peso de la ley" a quienes modifiquen caños de escapes

    » Rafaela Noticias

    Fecha: 29/05/2025 19:51

    Mársico pide aplicar "todo el peso de la ley" a quienes modifiquen caños de escapes En una resolución unánime, el Concejo Municipal de Rafaela aprobó en la jornada de este jueves una ordenanza que autoriza la retención de vehículos estacionados en la vía pública que posean el sistema de escape modificado o sin silenciador, permitiendo así la emisión de gases y sonidos sin las restricciones que impone el diseño original. El proyecto fue presentado con la firma de la totalidad de los ediles y defendido en el recinto por el presidente del cuerpo legislativo, Lisandro Mársico. Durante su exposición, Mársico fundamentó la medida desde el punto de vista legal, destacando que si bien "el Código Municipal de Tránsito no especifica si el vehículo puede ser retenido cuando está estacionado en la vía pública y posee el escape modificado o sin silenciador", la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 establece parámetros claros en torno a las condiciones de seguridad vehicular. En ese sentido, el edil señaló que la normativa nacional establece que “todo vehículo que se fabrique en el país o se importe para poder ser librado al tránsito público, debe cumplir las condiciones de seguridad activas y pasivas, de emisión de contaminantes…”, remarcando que “el sistema de escape, según la Agencia Nacional de Seguridad Vial, constituye una condición de seguridad del rodado”. Asimismo, recordó que el artículo 72 de la misma ley permite la retención de vehículos cuando estos no cumplen con las medidas de seguridad reglamentarias. “Corresponde sumar al plexo normativo que avala esta ordenanza el artículo 71 del Código Municipal de Tránsito, que considera en el inciso b) 3 c como falta grave las que afecten por contaminación el medio ambiente y que resulten atentatorias contra la seguridad del tránsito”, indicó Mársico, quien sostuvo que “resulta palmaria la situación que se presenta con el escape modificado”. También a los que permanecen estacionados El titular del Concejo también abordó los aspectos prácticos de la normativa, señalando que “respecto a las cuestiones de hecho no puede sostenerse, sin agraviar el sentido común, que para ser retenido el vehículo debe estar efectivamente circulando”. En este sentido, argumentó que “bastaría que ante la advertencia de un control de tránsito municipal el conductor del rodado detenga su marcha y lo estacione para impedir de esa manera el accionar de los agentes”. Por ello, sostuvo que la infracción también se configura si el vehículo “estando estacionado en la vía pública y en condiciones de hacerlo, ya se halla en infracción, porque para llegar ahí ya circuló o está por hacerlo, con un caño de escape adulterado”. Mársico defendió la retención del vehículo como una medida cautelar, al señalar que “constituye una medida tendente a impedir la posterior utilización del vehículo y se materializa con la sola constatación por parte del inspector municipal de la incorporación en el rodado de un caño de escape modificado de exprofeso para producir ruido”. Sobre la finalidad de la normativa, el concejal del Partido Demócrata Progresista expresó que “la idea que primó entre los concejales y los jueces de faltas municipales es otorgarle a la legislación una dureza en la sanción, que pueda conducirnos a una solución a este grave problema, producido por culpa de inadaptados sociales que perturban, incluso con mala intención, la normal convivencia de los vecinos en algunos sectores puntuales de la ciudad”. Mársico concluyó que, además de las multas elevadas, el retiro del vehículo retenido estará supeditado al cumplimiento de los requisitos establecidos, entre ellos “proveer las piezas requeridas, debidamente homologadas, y disponer su recambio y/o inclusión todo a su exclusivo cargo”. Finalmente, afirmó que “el caño de escape antirreglamentario será decomisado y destruido por la autoridad de aplicación”.

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