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» El Protagonista Web
Fecha: 28/05/2025 18:02
En el marco de la 2ª sesión ordinaria del 143º Período de esta Cámara de Senadores del jueves 22 de mayo de 2025, sobre tablas y por unanimidad, ante la propuesta del senador(UCR-General. Obligado), se avanzó en el Proyecto de Ley (Expediente 52133 UCSFL), por el cual se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación el uso temporal de un inmueble ubicado en la ciudad de Reconquista, y de las maquinarias e instalaciones, en adjudicación a título oneroso a lay se comunicó la media sanción a Cámara de Diputados que, como Expediente 56385 SEN), el jueves 5 de junio de 2025, derivará a las comisiones internas para su estudio ó, en su defecto, completará sobre tablas el procedimiento con la sanción definitiva.En el supuesto que prospere en Cámara de Diputados (Cámara Revisora en este caso), quedará eximida, por única vez, la mencionada Cooperativa de Trabajo del pago de todo impuesto, tasa, sellado o timbrado, que tenga en la tramitación de las habilitaciones y certificaciones administrativas para el normal desarrollo de sus actividades.Cabe recordar que hace un par de años, en la 1ª sesión ordinaria del 141º Período del Senado Santafesino que comenzó el 1º de mayo y concluyó el 4 de mayo de 2023, se acordó una preferencia de tratamiento para una (1) sesión, es decir, la 2ª sesión ordinaria que se realizó el jueves 18 de mayo de 2023, para el Proyecto de Ley (Expediente 48694 UCRL) del senador(UCR-Gral. Obligado), ingresado el día 13 de abril de 2023 por mesa de movimiento senatorial y derivado sólo a la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General, por el cual se prorroga por el plazo de dos (2) años la Ley Nº 13.363 que declara de utilidad pública y sujeto a expropiación el uso temporal de un inmueble de la ciudad de Reconquista, departamento General Obligado, que se adjudica a la, y, sobre tablas y por unanimidad, en sumarísimo trámite, se otorgó la media sanción correspondiente y se comunicó a “Diputados y Diputadas” que modificó levemente y devolvió en 2ª revisión al Senado que completó, sobre tablas por unanimidad, el procedimiento con la, durante la última sesión ordinaria del 141º Período, y se comunicó al Poder Ejecutivo.Vale tener en cuenta, asimismo, que en la 2ª sesión ordinaria del pasado día jueves 13 de mayo de 2021 de esta Cámara de Senadores del 139º Período, sobre tablas y por unanimidad, se aprobó el Proyecto de Ley (Expediente 43285 UCRL) del senador(UCR-Gral. Obligado), ingresado el día 5 de mayo de 2021 por mesa de movimiento, con el objeto de “prorrogar por el plazo de dos (2) años la Ley Nº 13.363 que declara de utilidad pública y sujeto a expropiacióndepartamento General Obligado, que se adjudica a la “Cooperativa de Trabajo Forlín Unidos Limitada”, y se comunicó la media sanción a Diputados y Diputadas que, como Expediente 43495 SEN, en la 7ª sesión del 139º Período del día jueves 5 de agosto de 2021, por unanimidad, completó el procedimiento parlamentario con la respectiva sanción definitiva y comunicó al Poder Ejecutivo.Vale recordar en el mismo sentido que en la sesión ordinaria del día 29 de agosto de 2019 del Senado Santafesino del 137º Período, que presidió el ex vicegobernador Carlos Alcides Fascendini (UCR) con varias ausencias con aviso, se aprobó el Proyecto de Ley (Expediente 39710 FPL) del senador radical(UCR-Gral. Obligado), ingresado el día 14 de agosto de 2019 por mesa de movimiento, sobre tablas y por unanimidad, por el cual, mediante 4 artículos,, contados a partir de la expiración de la vigencia de la misma, y, luego de una breve fundamentación a cargo de su autor, se comunicó la media sanción a “Diputados y Diputadas” como Expediente 36801 SEN que, el día 28 de noviembre de 2019, completó el procedimiento parlamentario con la sanción definitiva. Se giró al Poder Ejecutivo que procedió a su registro como, promulgó y publicó el día 3 de febrero de 2020 en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe para su plena vigencia.Corresponde aclarar, al respecto, que la Legislatura de la Provincia de Santa Fe; por unanimidad en ambas Cámaras, el día jueves 17 de agosto de 2017 en Cámara de Diputados y Diputadas, en la sesión ordinaria correspondiente, y el pasado jueves 18 de mayo de 2017 en la sesión ordinaria del Senado; había sancionado con fuerza de Ley el Proyecto (Expediente 34725 FPL) (Expediente 33097 SEN) del senador radical(UCR-Gral. Obligado), por el cual se prorroga en todos sus términos, por el plazo de dos (2) años, la Ley Nº 13.363, contados a partir de la expiración del plazo de vigencia de la anterior prórroga de la misma; ya que el órgano administrador demanifiesta que necesita más tiempo para adquirir el establecimiento y “así poder continuar con el sostén de las familias que integran el emprendimiento”; comunicándose la norma sancionada al Poder Ejecutivo que rápidamente registró como Ley Nº 13.637, promulgó y publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe.Cabe recordar, asimismo, que dicha Legislatura de la Provincia de Santa Fe; primero esta Cámara de Senadores en la sesión ordinaria del jueves 18 de junio de 2015, y luego Diputados y Diputadas en el transcurso de la sesión ordinaria de prórroga del jueves 26 de noviembre de 2015, en ambas ocasiones por unanimidad, había sancionado en forma definitiva el Proyecto de Ley (Expediente 30227 SEN) del senador radical(UCR-Gral. Obligado), por el cual “se prorroga en todos sus términos, por el plazo de dos (2) años, la Ley Nº 13.363, contados a partir de la expiración del plazo de vigencia de la misma”.Posteriormente, mediante el Proyecto de Ley (Expediente 34725 FPL) (Expediente 33097 SEN) del mismo autor, se solicitó una nueva prórroga por otros dos (2) años. Además, se autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar las adecuaciones presupuestarias y se exime, por única vez, a ladel pago de todo impuesto, tasa, sellado o timbrado, que tenga origen en la tramitación de las habilitaciones y certificaciones administrativas para el normal desarrollo de sus actividades en el ámbito de la Provincia de Santa Fe.Se buscó, con la nueva prórroga del “uso temporal del inmueble, instalaciones y maquinarias”, otorgar a la mencionada Cooperativa de Trabajo Forlín Unidos Limitada, por el término legal de otros dos (2) años, el inmueble oportunamente cedido por la Ley Nº 13.363. Cabe recordar que dicha cooperativa fue creada como consecuencia de la quiebra de la empresa Productora Alimentaria SA, con el fin deNo debemos olvidar que el senador radical(UCR-Gral. Obligado), primero en la sesión ordinaria del jueves 22 de agosto de 2013 de esta Cámara de Senadores, y luego en la sesión ordinaria del jueves 19 de setiembre de 2013 de Diputados y Diputadas, en ambas oportunidades por unanimidad, había obtenido el apoyo para el proyecto de ley de su autoría que había presentado el miércoles 14 de agosto de ese mismo año, sancionando la Legislatura de la Provincia de Santa Fe con fuerza de Ley, en forma definitiva, la iniciativa por la cualcomo asimismo las maquinarias e instalaciones necesarias para el desarrollo de las actividades normales y habituales del establecimiento, para ser adjudicados en uso temporal y a título oneroso a la “Cooperativa de Trabajo Forlín Unidos Limitada”, en formación, siempre que sean destinados a la consecución de sus fines operativos”, que, rápidamente, el Poder Ejecutivo Provincial registró, promulgó y publicó como Ley Nº 13.363.La Ley Nº 13.363, prorrogada por dos (2) años por la Legislatura, tuvo como antecedente fundamental la Ley Nº 13.317 que declara de utilidad pública y sujeto a expropiación el uso temporal de las instalaciones donde funcionaba la empresa Productora Alimentaria SA (NARANPOL Santa Fe), a favor de los trabajadores afectados por el cierre de la misma. En este caso, se otorgó similar tratamiento al establecimiento de dicha empresa ubicado en la ciudad de Reconquista,En la ciudad de Reconquista, esta empresa alimentaria tuvo su origen hace más de 50 años con inversión de capitales locales, y la denominación de, productora de gaseosas y soda. En el año 2004 quiebra y así entra en escena Productora Alimentaria SRL, luego convertida en Sociedad Anónima. Productora Alimentaria SA tenía una planta permanente de 25 empleados en la sucursal Reconquista al momento de dictarse la quiebra. Ante esta realidad,Se necesitó, para tal fin, facilitarles las herramientas legales, como forma de garantizar el pleno ejercicio del derecho como trabajador, a quienes resultaron víctimas del proceso de cierre y posterior cese de actividades. Cabe destacar la constancia y perseverancia de los trabajadores que, desde el cierre del establecimiento, en el año 2011, permanecieron fuera del mismocon prudencia, responsabilidad y mansedumbre, sin interrumpir el tránsito ni cortar calles o rutas, durante casi dos años.Con la Ley Nº 13.363 sancionada por la Legislatura y promulgada por el Poder Ejecutivo en el mes de setiembre de 2013, luego prorrogada por otros dos (2) años en todos sus términos, “no sólo se avanza y aporta para mejorar la situación laboral de todos estos ciudadanos afectados, sino que se preserva el establecimiento productivo y la fuente de trabajo”; había argumentado el senador(UCR-Gral. Obligado) en pleno recinto, el Proyecto de Ley (Expediente 30227 SEN) de su autoría, sancionado en forma definitiva por la Legislatura, primero por el Senado en fecha 18 de junio de 2015 y luego por Diputados y Diputadas en la sesión del jueves 26 de noviembre de 2015, por el cualPosteriormente, atento a que el órgano administrador de “Forlín Unidos” manifestó que la situación económica y financiera del momento no le permite adquirir el establecimiento, el mismo autor presentó el Proyecto de Ley (Expediente 34725 FPL) en fecha 30 de marzo de 2017 por mesa de movimiento del Senado, y, en la sesión ordinaria del jueves 18 de mayo de 2017, en cumplimiento a lo acordado el pasado jueves 4 de mayo de 2017, se aprobó por unanimidad, por el cual “se prorroga en todos sus términos, por el plazo de dos (2) años, la Ley Nº 13.363, contados a partir de la expiración de la anterior prórroga de vigencia de la misma”; y así poder; comunicándose la media sanción a Diputados y Diputadas que el día jueves 17 de agosto de 2017 completó el procedimiento parlamentario y otorgó la respectiva sanción definitiva.A posteriori, en el 137º Período Ordinario de Sesiones, en la 7ª sesión ordinaria del Senado del día jueves 29 de agosto de 2019, sobre tablas y por unanimidad, y teniendo en cuenta la pronta expiración del plazo de prórroga vigente, se aprobó el Proyecto de Ley (Expediente 39710 FPL) del senador radical(UCR-Gral. Obligado), ingresado el día 14 de agosto de 2019, sobre tablas y por unanimidad, comunicándose la media sanción a Diputados y Diputadas que, como Expediente 36801 SEN, el día 28 de noviembre de 2019 otorgó la sanción definitiva correspondiente a los fines de conceder esta nueva prórroga solicitadaEn función de ello, el Poder Ejecutivo (Gobernador Omar Perotti) procedió a su registro como, promulgó y publicó el día lunes 3 de febrero de 2020 en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe para su plena vigencia.Luego, nuevamente, y con bastante antelación, el senador(UCR-Gral. Obligado), ingresó el día 5 de mayo de 2021 por mesa de movimiento senatorial el Proyecto de Ley (Expediente 43285 UCRL)y, en la 2ª sesión ordinaria del día jueves 13 de mayo de 2021 de esta Cámara de Senadores, del 139º Período, resultó aprobado por unanimidad y sobre tablas, comunicándose la media sanción a Diputados y Diputadas que, como Expediente 43495 SEN, completó el procedimiento legislativo con la correspondiente sanción definitiva en la 7ª sesión del 139º Período Ordinario del día jueves 5 de agosto de 2021, comunicándose al Poder Ejecutivo que procedió a su registro con el Nº de Ley correspondiente, promulgación y publicación en el Boletín Oficial.Pasó el tiempo y dos (2) años después, en la 1ª sesión ordinaria del Senado del día 4 de mayo de 2023, se acordó una preferencia de tratamiento para la 2ª sesión que se realizó el jueves 18 de mayo de 2023, del Proyecto de Ley (Expediente 48694 UCRL) del senador Orfilio Marcón a los fines de una nueva prórroga por otros dos (2) años “en espera de una situación sólida que permita la adquisición del establecimiento” y su adjudicación definitiva a la, y, en rápido trámite, sobre tablas y por unanimidad, se dio la media sanción respectiva y se comunicó a “Diputados y Diputadas” que devolvió con leves modificaciones en 2ª revisión al Senado que fueron rápidamente aceptadas y, por ello, el día jueves 30 de noviembre de 2023, en la última sesión ordinaria del 141º Período (2ª sesión ordinaria de prórroga) de dicha Cámara de Origen se completó el procedimiento con la sanción definitiva y se comunicó al Poder Ejecutivo para su promulgación.Ahora, el jueves 22 de mayo de 2025, el Senado Santafesino, siempre por impulso del senador Orfilio Marcón, sancionó el Proyecto de Ley (Expediente 52133 UCSFL) y se declaró de utilidad pública y sujeto a expropiación el uso temporal, en los términos y condiciones establecidas en el artículo 15º y concordantes de la Ley Nº 7534, del inmueble citado más arriba, ubicado en la ciudad de Reconquista, y las maquinarias e instalaciones, a título oneroso, a dichay se comunicó la media sanción a Cámara de Diputados que, en su condición de Cámara Revisora en esta ocasión, como Expediente 56385 SEN, derivará a las comisiones internas para su estudio el próximo jueves 5 de junio de 2025 ó, en su defecto, completará el procedimiento parlamentario con la sanción definitiva sobre tablas y en sumarísimo trámite en esa sesión.Publicado: 28/Mayo/2025 Fuente: Fernando Brosutti
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