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» La Capital
Fecha: 28/05/2025 15:01
Mientras esperan un aumento en sus haberes, las empleadas domésticas percibirán un monto extra en el sexto mes del año Con la llegada del sexto mes del año, las trabajadoras de casas particulares y niñeras comienzan a preguntarse por su situación salarial. Aunque se encuentran a la espera de un nuevo ajuste salarial debido al contexto inflacionario actual , por el momento las empleadas domésticas percibirán los mismos montos que en mayo, abril y marzo. Es decir que la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) aún no convocó a nuevas negociaciones paritarias. De esta manera, el último aumento que percibieron en sus haberes fue el que estableció un 2,5% dividido en dos tramos: un 1,3% retroactivo sobre los sueldos de diciembre de 2024 y un 1,2% adicional aplicado a los haberes de enero de 2025. Ahora bien, la buena noticia es que este mes les corresponde cobrar el Sueldo Anual Complementario . Este beneficio, mejor conocido como “ aguinaldo ”, se paga dos veces al año, precisamente, a los 6 y 12 meses. Cabe recordar que para recibir este beneficio, la trabajadora debe encontrarse inscripto en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). ¿Cuánto cobran las empleadas domésticas por hora en junio? Los montos de los salarios de las empleadas domésticas por hora, se encuentra detallado según las distintas tareas: Supervisor/a: Con retiro: $3.454 por hora / $430.878 mensuales. Sin retiro: $3.783 por hora / $479.950 mensuales. Personal de tareas específicas: Con retiro: $3.270 por hora / $400.310 mensuales. Sin retiro: $3.585 por hora / $445.613 mensuales. Caseros: $3.089 por hora / $390.567 mensuales. Asistencia y cuidado de personas: Con retiro: $3.089 por hora / $390.567 mensuales. Sin retiro: $3.454 por hora / $435.246 mensuales. Personal para tareas generales: Con retiro: $2.863 por hora / $351.223 mensuales. Sin retiro: $3.089 por hora / $390.567 mensuales. ¿Cómo cobran las empleadas domésticas el aguinaldo? El Sueldo Anual Complementario, mejor conocido como aguinaldo, se cobra en dos pagos. Para calcularlo, hay que dividir en dos la mejor remuneración bruta (antes de los descuentos por los aportes y la seguridad social) recibida durante el semestre en cuestión. Si en el mismo periodo de tiempo tuvo jornadas de inasistencia injustificadas (sin goce de sueldo, no cobra remuneración) se hace un proporcional, y esos días no se consideran en la cuenta. Por otro lado, si se perciben horas extras, comisiones o cualquier otro plus al salario, ese monto adicional debe ser contemplado dentro del cálculo del aguinaldo. Entonces, la fórmula del aguinaldo se calcula al dividir el monto del salario dividido por doce y multiplicado por los meses trabajados. Si no se completó el medio año de trabajo, lo que se cobra es un adicional. Por ejemplo, un trabajador que comenzó a prestar servicios en marzo en 2024, para junio de este año habrá trabajado cuatro meses. En este caso se calcula el salario dividido doce multiplicado por cuatro (los meses trabajados), y ahí se obtiene el total. Por último, vale aclarar que en el caso de licencias por maternidad no se percibe aguinaldo, ya que se interrumpe la prestación de servicio por parte de la empleada y la remuneración pasa a ser otorgada por el Estado a través del Anses, por lo que no se contempla como servicio, entonces, no se percibe este beneficio. Según lo que indica la ley, la fecha límite para cobrar la primera parte es el último día de junio, que en 2025 será el lunes 30 de junio. No obstante, el marco legal contempla además un plazo de tolerancia de hasta cuatro días hábiles posteriores, por lo que la fecha límite del pago puede llegar a extenderse hasta el viernes 4 de julio de 2025. >>Leer más: Aguinaldo: cuándo se paga y cómo calcular cuánto cobro
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