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» Voxpopuli
Fecha: 28/05/2025 02:52
La controvertida decisión del Tribunal -que es presidido por Cristian Benítez, ministro del Superior Tribunal de Justicia, a quien sus pares lo contradecirán este miércoles 28 con una acordada que sepultará para siempre ese tipo de miradas antidemocráticas-, generó mucho revuelo y declaraciones públicas en contrario: por ejemplo de la diócesis de Oberá, desde los partidos políticos y la mismísima ministra de Seguridad nacional, Patricia Bullrich. La ministra, fiel a su estilo arrebatado, culpó al gobierno de Misiones por la desconsideración que se tuvo con quienes «arriesgan sus vidas», sin medir siquiera que la resolución fue de la Justicia y no del Poder Ejecutivo. Quizás la ministra Bullrich, por sus años en diversos gobiernos nacionales, tiene como experiencia que en la práctica no existe la división de poderes y lo traslada a todos los terrenos. ¡El mundo del revés! En Misiones pueden votar los presos y los extranjeros, pero no los gendarmes, prefectos, policías federales, de seguridad aeroportuaria ni del servicio penitenciario. Tampoco la policía provincial. Desde el Ministerio de Seguridad Nacional vamos a presentar… pic.twitter.com/OtcbKjFySE — Patricia Bullrich (@PatoBullrich) May 27, 2025 Lo cierto es que se descuenta que policías y agentes de las fuerzas de seguridad podrán votar en las elecciones provinciales del próximo 8 de junio en Misiones. Se da por sentado que la decisión será confirmada por el Superior Tribunal de Justicia, luego de un planteo impulsado por el gobernador Hugo Passalacqua, el fiscal de Estado y la conducción política de la Renovación. El Procurador General, Carlos Giménez, hizo un control de legalidad sobre la resolución inicial del Tribunal Electoral, que había excluido a estos sectores del padrón, y recomendó habilitar su participación, tal como ocurrió en comicios anteriores. El artículo 48, inciso 10 de la Constitución de Misiones prohíbe el voto de “soldados pertenecientes a las fuerzas armadas y agentes de fuerzas de seguridad nacionales y provinciales”. Sin embargo, ya existen antecedentes donde se permitió su participación, criterio que ahora retomó la Procuración para considerar inaplicable —aunque no inconstitucional— ese apartado. El conflicto se originó cuando el Tribunal Electoral, mediante el Acuerdo N.º 1.221 del pasado 20 de mayo, resolvió excluir del padrón a policías y efectivos de todas las fuerzas con asiento en la provincia. La depuración se realizó en reserva, a partir de los listados oficiales remitidos por Policía Federal, Gendarmería, Prefectura, Ejército, Armada, Policía de Seguridad Aeroportuaria, Servicio Penitenciario y la Policía de Misiones, identificando a los agentes únicamente por DNI, nombre completo y sexo. Según fuentes judiciales, al no haberse presentado formalmente ningún pedido para habilitar el voto de estos sectores, el Tribunal aplicó estrictamente la letra de la Constitución reformada en 1958. Fue el Frente Renovador y el Ejecutivo provincial quienes impulsaron ahora un análisis de fondo que permitirá a los efectivos sufragar con normalidad el domingo 8. Quedarán excluidos del padrón los detenidos por orden judicial, los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad con sentencia firme, los condenados por leyes de juegos prohibidos y los declarados rebeldes en causas penales hasta que cese esa condición. Desafortunado paso en falso El Tribunal Electoral de Misiones oficializó rápidamente su decisión de excluir al personal de la Policía, el Servicio Penitenciario, fuerzas de seguridad federales y el Ejército. La determinación se publicó en el Boletín Oficial de la provincia del pasado viernes 23. El listado de las personas afectadas obligó a la edición de un suplemento especial de 285 páginas. Del total, cuatro fojas están ocupadas por la resolución del Tribunal tomada el 19 de mayo pasado. Las otras 281 contienen el listado de 16 mil personas que no iban a poder ejercer su derecho al voto en los comicios del 8 de junio. Ese día, la Provincia renovará parcialmente la Legislatura unicameral, además de elecciones legislativas en algunos municipios. El padrón de votantes habilitados en Misiones para esos comicios está compuesto por 1.002.188 personas. Por lo tanto, la exclusión dispuesta por la Justicia Electoral alcanzaba al 1,6% del total. El impacto iba a ser mayor si se considera que, por lo habitual, la concurrencia a las urnas ronda el 70% del padrón, aunque por la forma en que vienen las elecciones en otros distritos ese porcentaje puede ser sensiblemente menor.
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