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  • Violencia de género digital en Casa de Gobierno: condena inédita a empleados públicos por difundir imágenes íntimas sin consentimiento

    » Primerochaco

    Fecha: 27/05/2025 17:33

    En un fallo sin precedentes en la provincia del Chaco, la Justicia sancionó a dos empleados públicos por la difusión no consentida de imágenes íntimas de una trabajadora estatal, en un caso que expone las múltiples formas de violencia de género que persisten dentro del ámbito de la administración pública. El hecho ocurrió hace aproximadamente un año, durante una asamblea gremial convocada por la Unión del Personal Civil de la Provincia (UPCP) en el cuarto piso de Casa de Gobierno. Allí, en pleno ejercicio de su jornada laboral, una empleada fue víctima de un acto de violencia digital: sin su consentimiento, sus imágenes privadas fueron exhibidas y viralizadas en un contexto altamente hostil, con motivaciones políticas y personales. La denuncia derivó en una investigación judicial que culminó en un fallo ejemplar. La jueza de Faltas, Dra. Cortés, condenó a los responsables al pago de una multa económica superior a los 2 millones de pesos cada uno, además de ordenar talleres obligatorios sobre violencia digital y perspectiva de género tanto para los sancionados como para el ámbito gremial y el Ministerio de Gobierno. “Fue violencia de género institucional y digital” La subsecretaria de Trabajo, Capacitación y Empleo del Chaco, María Noel Ibarra, brindó detalles del caso en una conferencia de prensa realizada en el Salón Obligado de Casa de Gobierno. Acompañada por el subsecretario de Legal y Técnica, Julio Ferro, Ibarra explicó: “Se trata de un hecho sumamente grave, de violencia de género en contexto de una asamblea gremial. Hubo una acción deliberada de exponer y humillar a una mujer en su espacio laboral, y en plena sede del Poder Ejecutivo”. La funcionaria explicó que los agresores no solo incurrieron en una falta ética, sino también en una conducta tipificada como delito. “Uno de los implicados ya tenía antecedentes de violencia en otras áreas de trabajo del Estado. El otro también es empleado público, con funciones gremiales. Ambos utilizaron su poder dentro de la estructura para vulnerar a una compañera”, detalló Ibarra. También expresó su preocupación por el silencio institucional del gremio ante el hecho. “Jamás vimos a José Niz —secretario general de UPCP— pronunciarse al respecto. Nunca se implementó un protocolo de abordaje, ni se protegió a la víctima. Hay una clara omisión de responsabilidad por parte de la dirigencia sindical, que aún hoy guarda silencio”, sostuvo. El gobierno, a través del Ministerio de Gobierno y la Subsecretaría de Legal y Técnica, ordenó un sumario administrativo interno, que podría derivar en la suspensión o cesantía de los involucrados. Justicia ejemplar: sanciones económicas y formación obligatoria El subsecretario de Legal y Técnica, Julio Ferro, remarcó la importancia del fallo en términos jurídicos e institucionales: “Es una sentencia muy sólida, bien argumentada en derecho. Lo que se sanciona no es solo una falta de comportamiento individual, sino una vulneración al derecho a la intimidad, a la dignidad y a la integridad de una mujer trabajadora del Estado”. Ferro confirmó que los implicados continúan en sus cargos y que ya se comenzó a ejecutar el descuento salarial correspondiente a la multa impuesta por la justicia. “El empleado público tiene el deber de actuar con probidad, respeto y ética. Este tipo de actos compromete gravemente la imagen institucional. No vamos a mirar para otro lado”. Además, remarcó que este caso marca un punto de inflexión: “En Argentina ya hay normativa sobre violencia digital, pero aún cuesta que se apliquen con firmeza en entornos laborales o gremiales. Aquí se avanzó, se protegió a la víctima, se investigó, y hoy hay una resolución que sienta un precedente”, explicó. La sentencia, además del resarcimiento económico, ordena la implementación de talleres de sensibilización sobre violencia digital, acoso laboral y perspectiva de género, dirigidos a empleados del Ministerio de Gobierno, a la UPCP y a los propios sancionados. Silencio sindical y compromiso institucional Desde el Ejecutivo provincial se remarcó que esta situación revela “una connivencia tácita” entre algunos sectores sindicales y formas de violencia que se perpetúan bajo el amparo del poder gremial. Ibarra fue enfática al decir: “El gremio UPCP tuvo todas las herramientas para actuar, para proteger a la trabajadora, para sancionar a sus propios afiliados. No lo hizo. Como Estado, no vamos a tolerar ese silencio cómplice”. En contraste, valoró el acompañamiento de distintas áreas del gobierno y la respuesta judicial: “La víctima fue contenida, asesorada y escuchada. No está sola. Este gobierno tiene la firme decisión de erradicar todo tipo de violencia institucional y garantizar espacios seguros para las mujeres”, aseguró. Una señal clara para todo el Estado El caso no solo representa un triunfo judicial para la víctima, sino también una señal clara hacia todos los niveles del sector público. La difusión de imágenes íntimas sin consentimiento —incluso cuando se hace en forma indirecta, anónima o en redes sociales— constituye un delito y una forma de violencia de género digital, contemplada por las leyes argentinas y tratados internacionales. El gobierno de Leandro Zdero, a través de sus áreas técnicas y legales, envió un mensaje contundente: no habrá tolerancia institucional frente a quienes violenten la integridad de las personas, menos aún en nombre de una supuesta representación sindical. La provincia del Chaco se convierte así en una de las primeras en aplicar un fallo de estas características, que conjuga sanciones judiciales, administrativas y pedagógicas, y que busca construir una nueva ética pública basada en el respeto, la equidad y los derechos humanos.

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