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  • Condenaron a un hombre por abusar sexualmente de su nieta durante dos años – La Prensa Federal

    Federal » La Prensa Federal

    Fecha: 27/05/2025 13:10

    El Tribunal de Paso de los Libres sentenció a 12 años de prisión a un hombre de 65 años por abusar sexualmente de su nieta entre 2022 y 2024, en La Cruz. El fallo remarcó la obligación de aplicar perspectiva de género al juzgar estos delitos. El Tribunal Oral Penal de Paso de los Libres en Corrientes, condenó a un hombre de 65 años a la pena de 12 años de prisión efectiva, tras hallarlo culpable de abusar sexualmente de su nieta en hechos cometidos entre los años 2022 y 2024 en la ciudad de La Cruz, Corrientes. Durante el debate oral y público, se acreditó que el imputado aprovechaba los momentos en que la niña, entonces de entre 6 y 8 años, quedaba bajo su cuidado en la casa que compartía con su pareja —la abuela materna de la menor— para ejecutar conductas abusivas. También se comprobó que el acusado profería amenazas para mantener el silencio de la víctima. La reconstrucción del caso se basó en el testimonio de la niña en cámara Gesell, informes psicológicos, y declaraciones de familiares y profesionales intervinientes. Delito agravado y prueba contundente El hecho fue calificado como “abuso sexual simple con una duración en el tiempo, doblemente agravado por su calidad de guardador y por el grave daño psicológico causado a la víctima”. El juez Marcelo Ramón Fleitas, quien presidió el tribunal, ordenó la inmediata detención del acusado y su traslado a una unidad penitenciaria para el cumplimiento efectivo de la condena. Ante un planteo de nulidad por falta de precisión en las fechas, el magistrado explicó que en casos de delitos sexuales contra menores “no se puede pretender lograr una declaración precisa de fechas, ya que su intelecto está en pleno proceso de desarrollo y los hechos son traumáticos”. Enfoque de género y protección de derechos Fleitas fundamentó su voto remarcando que este tipo de delitos deben analizarse con una mirada sensible a las desigualdades de género. “El derecho penal debe ser interpretado y en esa interpretación cobra importancia la perspectiva de género, a fin de comprender la real dimensión del flagelo que importa la violencia”, afirmó. Sostuvo que los compromisos internacionales asumidos por el Estado argentino, como la CEDAW y la Convención de Belém do Pará, obligan a que la justicia actúe sin reproducir estereotipos ni invisibilizar a las víctimas. “Cualquier respuesta judicial que se intente dar a la presente no puede estar huérfana de una perspectiva de género, porque de lo contrario se vacían de sentido los compromisos internacionales asumidos en defensa de los derechos humanos”, concluyó el magistrado. (Litoral de Corrientes)

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