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  • El procurador pidió la absolución de la jueza Etienot – Página Judicial

    Parana » Paginajudicial

    Fecha: 27/05/2025 10:51

    Los defensores de Josefina Etienot, la jueza acusada por mal desempeño, no se presentaron a la primera audiencia e insistieron en que los plazos del proceso están vencidos y solicitaron la absolución de la jueza. El procurador Jorge Amílcar Luciano García, acusador en el proceso, coincidió en la caducidad del trámite; dijo que un magistrado no puede ser juzgado por el contenido de sus sentencias y planteó que los conflictos laborales deben ser resueltos en el ámbito administrativo. “El jury tiene que ser excepcional”, aseveró. De la Redacción de Página Judicial ¿Se cae el jury a la jueza Josefina Etienot? La pregunta quedó flotando en la sala de audiencias desde el momento en que el procurador general, Jorge Amílcar Luciano García, desistiera de acusar a la magistrada argumentando que se habían excedido los plazos para juzgar su conducta e incluso advirtió que no intervendría si el tribunal decidiera continuar con el proceso. El procurador, en su rol de acusador en el proceso, también desistió de acusar a la magistrada por considerar que no es pasible de jury por el contenido de sus sentencias y que las situaciones de violencia laboral e institucional por las que fue denunciada databan de antes de su asunción al frente del Juzgado de Familia y Penal de Niños, Niñas y Adolescentes de Diamante y debieron tramitarse por vías administrativas. Etienot, a través de sus abogados Julio Federik y Leopoldo Lambruschini, había generado el primer golpe de escena en el inicio de la jornada, con la decisión de no asistir a la audiencia invocando la caducidad del proceso de por considerar que el Jurado de Enjuiciamiento se había excedido en el plazo máximo de seis meses que establece la ley para el dictado de una sentencia desde la apertura de causa. La jueza está acusada por causales genéricas de mal desempeño. Fue denunciada el 20 de septiembre de 2023 por los miembros del Tribunal de Superintendencia del Superior Tribunal de Justicia (STJ) y suspendida en su cargo por situaciones de violencia institucional y laboral hacia una ex secretaria y una profesional del equipo técnico interdisciplinario de los tribunales; y por haber dictado una disposición que ordenaba revincular a una adolescente con un matrimonio al que le habían revocado la guarda de dos hermanos a raíz de una denuncia por violencia y maltrato. El Jurado de Enjuiciamiento resolvió la formación de causa el 12 de noviembre de 2024, luego de que el procurador formalizara una acusación; por lo que la defensa considera que el 12 de mayo de 2025 se cumplieron seis meses “sin que se haya dictado sentencia definitiva, razón por la cual corresponde declarar la absolución”. Los defensores de Etienot rechazaron los cargos, han cuestionado la legalidad del proceso, cuestionaron la integración del Jurado de Enjuiciamiento, la violación de la garantía del juez natural e imparcial y, en las horas previas al inicio del jury, solicitaron la caducidad del proceso de enjuiciamiento. En ausencia de Etienot y sus defensores, el procurador García coincidió en que el Jurado de Enjuiciamiento se había excedido en los plazos previstos para dictar sentencia y solicitó la absolución de la magistrada. “En ningún caso puede durar el procedimiento más de seis meses”, aseguró el procurador, que oficia de acusador ante el tribunal. “La ley establece un especifico plazo de caducidad y plantea la inalterabilidad de ese plazo”, agregó. García, además, desistió de formular una acusación contra Etienot. Dijo, en primer lugar, que los jueces no pueden ser juzgados por el contenido de sus sentencias, como lo ha planteado el Tribunal de Superintendencia del STJ. “Es obvio que es deletéreo para la autonomía del Poder Judicial que los jueces tengan la espada de Damocles permanente de que cualquier resolución que tomen, en vez de que sean impugnadas en los tribunales ordinarios, sean pasibles de un jury o de un juicio político. Es algo que destroza la posibilidad de existencia de un Poder Judicial autónomo e independiente”, aseguró el procurador en su alegato de apertura. García dijo además que “el Poder Judicial debe tener independencia de los poderes fácticos externos, independencia de los otros poderes del Estado e independencia interna del magistrado” y agregó: “No hay obediencia debida de los magistrados que deben resolver con la garantía de imparcialidad sin sujeción más que a las normas”. El procurador advirtió que la independencia de los magistrados “está puesta en riesgo en la actualidad” por una mayor conflictividad social y política: “Esto se enmarca dentro de un momento político de grieta, una visión de amigo-enemigo que manda al Poder Judicial todas las discusiones que no se pueden resolver en el ámbito político o social”. En cuanto a la denuncia de violencia laboral e institucional formulada por una ex secretaria del juzgado e integrantes del equipo técnico interdisciplinario de tribunales, el procurador afirmó eran “preexistentes” a la designación de Etienot. “Existieron actuaciones administrativas en el ámbito del Poder Judicial en cuanto al supuesto de violencia laboral. Nos extraña que no se haya aprovechado ese ámbito para solucionar ese problema sin necesidad de enviarlo al Jurado de Enjuiciamiento”, dijo. En su alegato, García planteó que la situación debió tramitar ante una Comisión Evaluadora de Violencia Laboral, creada a través de un protocolo por el STJ y que integran representantes de los Ministerios Públicos, un vocal y una funcionaria judicial. Según dijo, la situación que derivó en el jury a Etienot fue tratada por ese cuerpo colegiado, que solicitó que se corriera traslado a la magistrada para que hiciera su descargo; y que se remita el caso a un tercero externo para que tratara de solucionar los problemas de funcionamiento que afectaban la convivencia laboral en el Juzgado de Familia y Penal de Niños, Niñas y Adolescentes de Diamante. Nada de eso ocurrió. “No entendemos por qué no se aprovechó esta situación que sugería la Comisión Evaluadora y, sin correr traslado a la enjuiciada, se decidió su suspensión y el enjuiciamiento. Esto nos hubiera evitado todo este problema. La opción por una denuncia e inmediato jury no puede ser defendible desde las garantías de independencia judicial: no cualquier conflicto interno en un ámbito laboral en cualquier fuero puede inmediatamente dar lugar al jury. El jury tiene que ser necesariamente excepcional”, insistió García en su exposición ante el Jurado de Enjuiciamiento. En ese marco, el procurador consideró que el Jurado de Enjuiciamiento había perdido competencia para juzgar la conducta de Etienot porque se había excedido en el plazo de seis meses para dictar sentencia y, en consecuencia, debía dictarse su absolución. Del mismo modo, dijo, perdió competencia el Ministerio Público Fiscal, por lo que advirtió que no continuaría ejerciendo su rol de acusador independientemente de la decisión que adoptara el tribunal, ya que en caso contrario podría incurrir en un abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Tras el alegato del procurador, el tribunal integrado por la senadora Gladys Domínguez, los vocales Leonardo Portela, Gisela Schumacher y Miguel Ángel Giorgio, el diputado Marcelo López y los abogados Gonzalo García Garro y María Victoria Giménez pasó a deliberar. Pero el procurador dejó tambaleando el jury.

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