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  • Por decreto, Milei limitó el derecho a huelga en el país

    Rio Negro » Adn Rio Negro

    Fecha: 21/05/2025 13:58

    (ADN).- A través del decreto de necesidad y urgencia 340/2025 publicado hoy en el Boletín Oficial, el gobierno de Javier Milei limita el derecho a huelga y amplía las actividades consideradas esenciales. Es decir, las actividades que deberán garantizar de manera obligatoria un funcionamiento de entre 50 y 75% en caso de estar en conflicto. “Los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes garantías de prestación de servicios mínimos”, dice el artículo 3 del DNU, que precisa: “En lo que respecta a la prestación de servicios mínimos, en el caso de los servicios esenciales, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio de que se tratare. En el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50%”. Según el nuevo decreto, se considerarán a partir de ahora servicios esenciales: -El cuidado de menores y educación de niveles guardería, preescolar, primario y secundario, así como la educación especial. -La aeronáutica comercial y el control de tráfico portuario; incluyendo balizamiento, dragado, amarre, estiba, desestiba, remolque de buques y todos los servicios portuarios. -Los servicios aduaneros y migratorios, y demás vinculados al comercio exterior. -El transporte marítimo y fluvial de personas y/o mercaderías y/o carga, servicios conexos y operaciones costa afuera, a través de los distintos medios que se utilicen para tal fin. -La producción, transporte y distribución de gas y otros combustibles. Se suman a los que ya estaban incluidos, que hoy fueron enumerados, con un mayor alcance, por el nuevo decreto: -Los servicios sanitarios y hospitalarios, así como el transporte y distribución de medicamentos e insumos hospitalarios y los servicios farmacéuticos. -Los servicios de telecomunicaciones, incluyendo internet y comunicaciones satelitales. -El control de tráfico aéreo. -La producción, transporte y distribución y comercialización de agua potable y energía eléctrica. La medida, que está enmarcada en una serie de desregulaciones en el sector de la marina mercante, lleva además de la firma de Milei, la adhesión de los ministros Gerardo Werthein (Relaciones Exteriores), Luis Petri (Defensa), Luis Caputo (Economía), Mariano Cúneo Libarona (Justicia), Patricia Bullrich (Seguridad), Mario Iván Lugones (Salud), Sandra Pettovello (Capital Humano) y Federico Adolfo Sturzenegger (Desregulación del Estado). Estas modificaciones estaban previstas en el capítulo 4 del DNU 70/23 que fue suspendido en la Justicia con un fallo de segunda instancia y que está pendiente a una definición de la Corte Suprema.

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