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Parana » Radio La Voz
Fecha: 20/05/2025 22:02
El abogado, Andrés Messina, presentó su oposición al concurso de fiscales auxiliares Nº 232 al Nº245. Fue después de que el gobernador enviara al Senado los nombres de los postulantes designados para ocupar los cargos concursados. Indicó que notificó al gobernador por Carta Documento los puntos que cuestiona y aclaró que su oposición no es contra ningún postulante en particular, sino que es al trámite del concurso y al criterio utilizado por el gobernador para efectuar las designaciones. El abogado particular, Andrés Messina, envió a la presidenta de la Cámara de Senadores de la provincia, Alicia Aluani, su oposición al concurso de fiscales auxiliares que se realizó en 2018 y recién este año tuvo su culminación con el envío por parte del Poder Ejecutivo de los pliegos de los postulantes que lograron superar las etapas en el Consejo de la Magistratura (CM). El letrado apelando “a las funciones de contralor que tiene el Senado”, entendió que “el trámite del concurso está viciado en relación a mi persona, en virtud de los perjuicios detallados en el presente escrito, por tal motivo manifiesto oposición al Concurso en general, por lo que, de prestarse conformidad en las actuales condiciones, me encontrare habilitado y evaluare la posibilidad de ejercer las acciones legales”. Messina precisó que envió su oposición a la presidencia de la Cámara “con el fin de poner en conocimiento de los legisladores, cuestiones que considero perjudiciales en relación con mi participación en los concursos para Fiscal Auxiliar N° 232 al 245, que tramitaron ante el Concejo de la Magistratura de la Provincia de Entre Ríos, siendo que estoy en conocimiento de que el Gobernador de la Provincia ha enviado al Senado, los nombres de los postulantes designados para ocupar los respectivos cargos”. Messina consideró necesario mencionar que “antes de realizar esta presentación, puse en conocimiento del Gobernador de la Provincia, por medio de Carta Documento (enviada en fecha 17/03/2025), algunas de las cuestiones que aquí manifiesto, la otra cuestión que cabe aclarar, es que esta presentación no tiene por finalidad la oposición a ningún postulante en particular, mi cuestionamiento es al trámite del concurso, como así también, al criterio utilizado por el Gobernador para efectuar las designaciones”. El letrado precisó que participó de los concursos Nº 232 para 13 cargos en Paraná; N° 234, para un cargo en Feliciano; N° 237, para dos cargo en Chajarí (N°1 Y 2); N° 239, un cargo en Colón; y N° 245, para un cargo en San Salvador. Falta de objetividad Messina sostuvo que “luego de que fueron evaluados mis antecedentes y haber realizado el examen de oposición (examen escrito), fui seleccionado para participar de las entrevistas personales ante el Concejo de la Magistratura, momento en el que considero que fui evaluado en forma incorrecta y con falta de objetividad de parte de algunos jurados, donde se me ha asignado una de las puntuaciones más bajas; 13,88 puntos, implicando esto, que varios postulantes designados por el Gobernador, me hayan superado en puntos, luego de la mencionada entrevista”. Abogado particular que concursó para fiscal auxiliar adelantó que accionará si se confirma un listado que circuló extraoficialmente En su escrito de oposición, Messina señaló “con precisión la cuestión que señalo en el párrafo anterior”; y expresó que “al comenzar la entrevista personal con el Concejo de la Magistratura en pleno, se realiza una pregunta inicial por parte del Primer Jurado que me interroga, la pregunta consistió en lo siguiente; ‘si he realizado la capacitación obligatoria para Jueces y Fiscales sobre violencia de género en relación con la ley Micaela’, frente a tal interrogante respondo que ‘soy abogado matriculado que ejerzo la profesión en forma independiente, no estando obligado a dicha capacitación, pero que me he capacitado en forma privada en cuestiones de género’, ante lo cual se me repregunta si asistí los cursos obligatorios para funcionarios públicos, respondo que no”. Inapelable El letrado destacó que “la entrevista fue filmada y debe encontrarse en los archivos del Concejo de la Magistratura, donde se aprecia como el presidente del Consejo de la Magistratura, anota y no me fórmula más preguntas, cabe destacar, que el puntaje asignado en la entrevista es inapelable”. Messina sostuvo que “lo mencionado en el párrafo anterior, significa claramente una ventaja para quienes son funcionarios públicos en actividad pertenecientes al poder judicial, debido a que para ellos es una obligación propia la realización de dichos cursos”. También señaló que “la falta de objetividad en la evaluación está dada por lo siguiente; ‘Al Jurado no le interesó conocer si tenía conocimientos en materia de género, solo le interesaba saber si asistí a los cursos obligatorios para los Funcionarios Públicos, algo insólito, que genera una desventaja para el abogado matriculado que no pertenece al Poder Judicial, lo cual significa también una forma de discriminación”. Criterio Messina reconoció que “sin perjuicio de lo anterior, el tramite que se le dio al concurso N° 232 al 245 fue uniforme, en cuanto a evaluación de antecedentes, prueba escrita y entrevista personal ante el Consejo de la Magistratura, por lo que aquí planteo otra cuestión que considero perjudicial, en esta oportunidad en cuanto al criterio utilizado por el Gobernador para elegir a los designados…”. Los más idóneos Así, cuestionó: “… entiendo que no ha priorizado de manera plena el requisito de la idoneidad, esto se ha dado de la siguiente forma; ‘En concursos en los que no participo, se designan a postulantes con menos puntos, pero en los concursos donde participe, se designan postulantes que me superan en puntos, con la particularidad que los que me superan en puntos también figuran en los concursos donde fueron designados postulantes con menos puntos que mi persona, por lo tanto, si bien es facultad del Gobernador poder designar a cualquier postulante propuesto por el Consejo de la Magistratura, lo cierto es que se ha apartado del criterio de elegir a los más idóneos en algunos casos, lo cual va en contra del espíritu del concurso y de la reforma constitucional del año 2008”. Tras señalar situaciones como las antes descriptas, el letrado manifestó: “Por las razones expuestas, considero que en el trámite del concurso 232 a 245 fui perjudicado, violándose en mi perjuicio, las directrices del artículo 36 de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos, debido que no he competido en igualdad de oportunidades en la entrevista personal ante el Concejo de la Magistratura de la Provincia de Entre Ríos, a su vez, en lo que respecta al Gobernador, si bien no implica una ilegalidad, en algunas designaciones no ha priorizado la idoneidad como fundamento para las designaciones, debido a que nombra postulantes que tienen menos puntos que otros, actitud esta contraria al espíritu de cualquier concurso público, donde la idea es que lleguen los postulantes más idóneos o competentes en relación con el cargo que se disputa”.
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