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  • Secretaría de Desarrollo Humano

    Concordia » Concordia.gob.ar

    Fecha: 20/05/2025 13:03

    ORDENANZA Nº 38.363 SECRETARÍA DE DESARROLLO HUMANO ARTÍCULO 48°.- Compete a la Secretaría de Desarrollo Humano promover, diseñar y ejecutar todos los programas y proyectos dirigidos a mejorar la ampliación de las opciones y capacidades de las personas, que se concretan en una mejora de la esperanza de vida y el acceso a los recursos necesarios para un nivel de vida digno, articular acciones y programas con todas las Instituciones de Concordia vinculadas con lo Social; en la formulación de políticas educativas locales, en articulación con el gobierno provincial y nacional; en la implementación de políticas deportivas, articulando con los actores de la sociedad civil y promoviendo el fortalecimiento del entramado social desde el deporte; y en particular entender en:

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