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  • Pastor condenado por abuso: "Él representaba para ella una figura paterna"

    » Radiosudamericana

    Fecha: 16/05/2025 12:40

    Viernes 16 de Mayo de 2025 - Actualizada a las: 11:15hs. del 16-05-2025 OCURRIÓ EN MOCORETÁ El hecho ocurrió en 2020, cuando la víctima tenía 16 años fue invitada por el hombre a un “trabajo espiritual”. La fiscal del caso, Mariana Noelia Lena, destacó en diálogo con Radio Sudamericana la relación de confianza que existía entre ambos y detalló que el rol espiritual que el acusado ostentaba dentro de la comunidad fue un agravante. error cargando audio... El Tribunal Oral Penal de la Cuarta Circunscripción Judicial de Paso de los Libres condenó a siete años de prisión a un hombre identificado como pastor evangélico de la localidad correntina de Mocoretá, acusado de abusar sexualmente de una joven de 16 años en el año 2020. La sentencia, emitida bajo el número 18/25, considera al imputado autor penalmente responsable del delito tipificado en el artículo 119 del Código Penal, agravado por su condición de ministro de culto. La doctora Mariana Noelia Lena, titular del UFRAC Fiscal de Paso de los Libres y encargada de la causa, brindó detalles del proceso judicial en diálogo con Radio Sudamericana. La denuncia fue radicada por la hermana de la víctima, y el hecho ocurrió dentro del templo de la iglesia "Rey de Reyes", en el contexto de lo que el acusado definió como un “trabajo espiritual”. “El hecho se dio mientras ambos se encontraban a solas y bajo la perspectiva de que iba a orar por ella. Fue allí donde avanzó más allá de lo que habían concertado realizar en esa reunión”, explicó la fiscal Lena. Además, la jurista comentó que el hombre no contaba con certificación formal de pastor en ese momento. Sin embargo, ostentaba ese rol dentro dentro de la comunidad y estaba a cargo del templo. Según el relato de la fiscal, el acusado también realizaba trabajos de albañilería para la familia de la joven, por lo que existía una relación de confianza previa. “Había un contacto muy fluido entre ambos y una confianza de importancia”, remarcó. Lena destacó el valor del testimonio de la víctima y el sustento técnico de la causa: “Lo más importante en este tipo de hechos es contextualizar el relato de la víctima con los informes científicos. Se tuvo en cuenta que la víctima no presenta tendencia a la fabulación y también el impacto psíquico que le generó el hecho, especialmente por tratarse de una persona de confianza y de referencia espiritual”. Asimismo, detalló que la pericia psicológica realizada al imputado reflejó patrones de manipulación emocional y seducción verbal, gestual y actitudinal. “La pericia da cuenta de que utiliza un estilo de comunicación destinado a influenciar emocionalmente a terceros. Eso fue justamente lo que utilizó en este caso”, indicó. La fiscal remarcó que el consentimiento no es un elemento válido en este tipo de casos, dada la edad de la víctima: “Ella tenía 16 años al momento del hecho. Por la modalidad comisiva del delito ejecutado por el imputado, se concluyó que no pudo consentir libremente la acción. Eso es parte de lo que prevé la norma que incrimina esta conducta”. Sobre el vínculo entre ambos, Lena afirmó: “Ella en algún momento de su relato mencionó que había perdido a su padre hacía muchos años, y él representaba para ella una figura paterna”. El acusado, de 40 años al momento del hecho, fue detenido tras conocerse la sentencia. El fallo pone fin a un proceso judicial que se extendió durante cinco años desde la denuncia original.

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