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  • Agencia Administradora de Bienes del Inmuebles de la Provincia de Entre Ríos ¿Frigerio de los dos lados del mostrador?

    Concepcion del Uruguay » 03442noticias

    Fecha: 14/05/2025 06:20

    Por Blanca Osuna – Diputada Nacional El Gobernador impulsa el proyecto de creación de AABIPER, que ya cuenta con media sanción de Diputados y está en tratamiento actualmente en el Senado provincial. El nuevo organismo, contrario al discurso remanido de “reducir el gasto político”, un latiguillo que Frigerio reitera una y otra vez, crea un nuevo Ministerio ( Art. 6 y 8), con gran estructura orgánica propia, servicios de contaduría, tesorería, servicios generales, nuevas designaciones de cargos políticos, técnicos, personal de planta, cobertura de cargos vacantes, habilitación de traslados, contrataciones, inversiones, toma de créditos, etc. De aprobarse la ley, quedaría anulada la intervención de la Legislatura Provincial, en contrario a los Art 80 y 81 e la Constitución Provincial que establece “toda enajenación o sesión gratuita de bienes fiscales requiere de ley especial, aprobada por los dos tercios de los legisladores presentes. Se desconocería además la Ley 5140 que en su Art 55 expresa “Los bienes inmuebles de la Provincia no podrá enajenarse ni gravarse en forma alguna sin expresa disposición de ley que al mismo tiempo deberá indicar el destino de lo producido”. El Ministerio/Agencia podrá entre otras cosas: – realizar inversiones financiadas por fondos privados o extranjeros Art 8 Inc 6); – otorgar a título gratuito u oneroso bienes inmuebles del estado con una escala de prioridades donde figuran en primer lugar las actividades económicas y al final, en quinto lugar, las educativas. Se derogan los Art 2 y 3 de la Ley 10100 de Revisión Dominial de Tierras en el Delta Entrerriano. Justamente la norma donde se encomienda al Poder Ejecutivo el impulso de acciones penales y civiles contra ocupantes ilegales de bienes del dominio público provincial. No está en discusión generar un Inventario Consolidado de Bienes Inmuebles del Estado Provincial (Art 11). Pero es inexplicable que el Ministerio/Agencia reemplace las funciones de legalidad y autenticidad que la Escribanía Mayor de Gobierno, creada en 1822 realiza. Excluir su intervención externa no contribuye a la protección de bienes públicos y prevención de fraudes e irregularidades. ¿La creación del Ministerio/AABIPER está vinculada a atender necesidades en materia de Obras Públicas, Educación; Salud, Infraestructura Vial de Entre Ríos; o es una norma facilitadora de negocios de interés y antecedentes de quien gobierna Entre Ríos? ¿Está pensada para ser dirigida por otro porteño más, de los muchos que ocupan sillones en el gobierno conformando la benemérita Agrupación 011? En búsqueda de respuesta nos encontramos con: 1- La Declaración Jurada presentada por Frigerio en 2017, en su condición de Ministro del Interior, Obras Públicas y Vivienda ante la Oficina Anticorrupción entre sus muchos bienes confirma su participación en negocios inmobiliarios: Nogales de Entre Ríos S.A. en sociedad con Anguiano Presidente del Instituto Portuario y Desarrollos Inmobiliarios Alto Delta SA ambas empresas con asiento en la Ciudad de Buenos Aires explotan inversiones inmobiliarias en el Delta Entrerriano. En la Declaración resumidísima presentada al inicio de la gobernación, su patrimonio no está nominado, y casi parece que el gobernador está bajo la línea de pobreza.

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