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Buenos Aires » Infobae
Fecha: 01/05/2025 14:46
La Boleta Única Electrónica combina papeletas tradicionales con tecnología para simplificar la votación El próximo 18 de mayo se realizarán las elecciones legislativas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En esta ocasión, los ciudadanos habilitados van a elegir a 30 representantes que ocuparán bancas en la Legislatura porteña por un período de cuatro años, lo que representa la renovación de la mitad del cuerpo parlamentario local. Para la emisión del sufragio, se utilizará el sistema de Boleta Única Electrónica (BUE), vigente para cargos locales, que combina el formato tradicional de voto con herramientas tecnológicas. Qué es la Boleta Única Electrónica La Boleta Única Electrónica es un mecanismo de votación que integra elementos del sistema de boleta única en papel, con el agregado de tecnología a través de una máquina con pantalla táctil. Según el Consejo de la Magistratura porteño, este sistema permite que el votante visualice en una pantalla todas las categorías y cargos disponibles, seleccione sus preferencias y luego imprima una boleta donde el voto queda registrado. El 18 de mayo, los porteños eligen 30 legisladores para renovar la mitad de la Legislatura de CABA Este formato incorpora un chip de almacenamiento en la boleta, además de la impresión del voto, para facilitar el recuento de los sufragios. Por ley, las máquinas no pueden conservar ningún tipo de registro de las elecciones realizadas: la única copia válida del voto es la que queda impresa y en el chip incorporado a la boleta, que será utilizada en el escrutinio. Cómo se usa la Boleta Única Electrónica El procedimiento de votación con la Boleta Única Electrónica en CABA consta de cinco pasos principales: El votante se presenta ante la autoridad de mesa y entrega su DNI. Recibe una boleta en blanco con dos troqueles. Uno queda en poder del presidente de mesa, el otro acompaña al votante. En la máquina, se introduce la boleta en la ranura superior y se elige a los candidatos en la pantalla táctil. Una vez realizada la selección, el votante confirma el voto tocando “Imprimir”. La máquina devuelve la boleta impresa con la selección efectuada. El votante verifica su voto (leyendo la impresión y/o usando el lector de chip), dobla la boleta, entrega el segundo troquel a la autoridad, quien coteja ambos troqueles para verificar la correspondencia de la boleta. El votante firma el padrón, deposita la boleta doblada en la urna (no se utiliza sobre), recibe su DNI y constancia de voto. En caso de error durante la selección de candidatos, el sistema permite reiniciar el proceso antes de imprimir. Además, se puede verificar la información impresa colocando la boleta sobre un lector en la misma máquina. Si el votante detecta un error luego de la impresión, puede solicitar al presidente de mesa una nueva boleta, previa destrucción de la anterior. Este sistema también contempla opciones como el voto en blanco y prevé que el voto será considerado nulo si la boleta es dañada o alterada con escritura, tachaduras o roturas. Requisitos para votar en CABA Pueden votar los ciudadanos argentinos, tanto nativos como naturalizados, y las personas extranjeras con residencia permanente, siempre que cumplan con los siguientes requisitos: Tener 16 años cumplidos al momento de la elección. Poseer DNI con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires . Estar incluidos en el padrón electoral definitivo, el cual se puede consultar un mes antes de los comicios en la página del Tribunal Electoral. La Boleta Única Electrónica ya se utilizó en la Ciudad el año pasado (DyN) En esta elección legislativa también participarán ciudadanos migrantes con residencia permante en la ciudad, en el marco del programa “En la Ciudad, votás”, que promueve la formación en derechos políticos. Con qué documento puedo votar en las elecciones en CABA 2025 Los documentos válidos para emitir el sufragio en estas elecciones son: DNI tarjeta (aunque figure la leyenda “no válido para votar”). DNI libreta verde o celeste. Libreta cívica o libreta de enrolamiento. No se admiten para votar: DNI digital. Pasaporte. Constancia de DNI en trámite. Denuncia de pérdida de documento. Cualquier DNI anterior al que figure en el padrón.
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