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  • Condenado a 8 años de cárcel por violar a su expareja atándole las manos a la espalda en Córdoba

    » Diario Cordoba

    Fecha: 30/04/2025 08:46

    La sección tercera de la Audiencia provincial de Córdoba ha condenado a ocho años de prisión a un acusado de violar bucal, anal y vaginalmente a su expareja y madre de su hijo, atándole las manos a la espalda con unas bridas de plástico y conduciéndola a su antojo con un cinturón de albornoz atado a su cuello. En su sentencia, que ha sido facilitada a este periódico por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el tribunal considera probado que el encartado amedrentó a la víctima diciéndole: "si no te dejas, voy a ir a la habitación y se lo voy a hacer a tu hijo", en referencia al hijo de ambos, que se encontraba dormido. Con estas expresiones, creó "una situación de desasosiego en la víctima que hizo que dejara de reaccionar". De esta forma, recoge que los hechos ocurrieron durante una visita del procesado al menor, en el domicilio donde convivían madre e hijo, en 2019. El tribunal entiende que "el testimonio de la víctima supera la mera posibilidad o probabilidad para adentrarse de lleno en el canon de la certeza más allá de cualquier duda razonable". Según describe, el encartado admite haber mantenido sexo oral de forma consentida con la perjudicada, pero no así otras relaciones sexuales. Sin embargo, en el cuerpo de la perjudicada se encontraron "restos biológicos" que acreditan, sostienen los magistrados, las penetraciones. El encartado vincula la acusación a la solicitud de divorcio presentada por él en días anteriores y señala que solían mantener relaciones sexuales. La víctima se refugió en casa de una vecina Tras la agresión sexual, la víctima se refugió en casa de una vecina, dejando al acusado encerrado en la vivienda. Alertaron a la Policía Nacional y los agentes que acudieron al lugar han recordado en el juicio "su estado de gran nerviosismo, con llanto y agitación". También que "le cuesta estar sentada, dado que le duele la zona genital y anal". Atendiendo a los hechos considerados probados, la sección tercera de la Audiencia ha condenado al procesado a ocho años de prisión por un delito de agresión sexual. Asimismo, le prohíbe aproximarse a la perjudicada en un radio inferior a 200 metros, o comunicar con ella durante nueve años, y le impone libertad vigilada durante cinco años. Deberá indemnizar a la víctima en 10.000 euros por los daños morales causados. La sentencia puede ser recurrida en apelación ante el TSJA.

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