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  • Las discrepancias en el sector progresista del TC obligarán a retirar la ponencia que avalaba la 'ley trans' de Montero

    » Diario Cordoba

    Fecha: 27/04/2025 15:38

    El Tribunal Constitucional dejará en "reposo" su debate y votación sobre el recurso presentado por el PP contra la denominada 'Ley Trans', que fue impulsada por la que fuera ministra de Igualdad Irene Montero , por las discrepancias que ha levantado la ponencia elaborada por el magistrado del sector progresista y exministro de Justicia Juan Carlos Campo. La propuesta avala lo fundamental de la norma, a la que únicamente pone algunos reparos de carácter menor. Así lo señalan a EL PERIÓDICO fuentes del órgano de garantías, que señalan que es muy probable que la ponencia no se llegue a debatir en el Pleno de la próxima semana, en cuyo orden del día figuraba este asunto, porque varios magistrados han solicitado que se retire. Entre ellos estarían las magistradas progresistas Inmaculada Montalbán y María Luisa Balaguer, según ha adelantado El Español y ha confirmado esta redacción. "No hay ni mucho menos una mayoría clara que apoye lo que dice Campo en su ponencia, se discutirá el martes pero no va a votarse", señala otro miembro del órgano a esta redacción, que augura una batalla dialéctica por la postura que mantendrán las mujeres miembros del órgano tanto del sector progresista como del conservador. La ponencia de Campo, que únicamente propone avalar algún "cuestionamiento menor" de todo lo planteado por el PP en su recurso contra esta ley, sí da el visto bueno a uno de los puntos más polémicos, el que permite la modificación genital en menores de entre 12 y 16 años cuando lo pida el propio menor que por su edad y madurez pueda consentir de manera informada. Las discrepancias, no obstante, tendrían que ver con parte de la ponencia que se refiere a la ausencia de discriminación contra las mujeres y la visión de este asunto por parte de lo que se ha venido a denominar 'feminismo clásico', por lo que se buscará un texto alternativo. Igualmente, levanta suspicacias la facilidad que la norma otorga a los cambios registrales, al considerar que puede generar inseguridad jurídica. El texto presentado al Pleno es descrito como "muy sólido" en el aval de los principios fundamentales de la ley aprobada en la primera etapa del Gobierno de Pedro Sánchez, pero necesita un tiempo de "reposo y diálogo previo", según señalan fuentes desde el Tribunal Constitucional, que lamentan la filtración del borrador. Otras fuentes consultadas aseguran que la próxima semana se discutirá sobre el asunto en una "sesión de trabajo", pero que lo más probable es que el texto de la ponencia tal y como está no llegue a votarse y del diálogo surja uno diferente que se volverá a llevar a un nuevo Pleno. Recurso del PP Además de recurrir el artículo que permite la modificación genital en menores, los de Alberto Núñez Feijóo impugnaron también los dos primeros apartados del artículo 43, que permite que los menores de 15 y 16 años puedan pedir el cambio de sexo en el Registro Civil asistido de sus representantes legales y que las personas mayores de 16 años puedan pedirlo por sí mismas. De la misma forma, recurrieron los apartados 3 y 9 del artículo 44, que para realizar dicho trámite exime de presentar informe médico o psicológico y de "la previa modificación de la apariencia o función corporal de la persona a través de procedimientos médicos, quirúrgicos o de otra índole". El recurso también ve inconstitucional el artículo 47, según el cual "transcurridos seis meses desde la inscripción en el Registro Civil de la rectificación de la mención registral relativa al sexo, las personas que hubieran promovido dicha rectificación podrán recuperar la mención registral del sexo que figuraba previamente" siguiendo el mismo procedimiento. Las tachas del PP se han dirigido asimismo contra el apartado 3.b) del artículo 79, que señala como infracción administrativa "la realización de actos o la imposición de disposiciones o cláusulas en los negocios jurídicos que supongan, directa o indirectamente, un trato menos favorable" para las personas 'trans' "en relación con otra persona que se encuentre en situación análoga". Igualmente se recurren los apartados 4 e) y f) del mismo precepto, que definen como infracciones administrativas graves "la elaboración, utilización o difusión en centros educativos de libros de texto y materiales didácticos que presenten a las personas como superiores o inferiores en dignidad humana en función de su orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales"; y "la convocatoria de espectáculos públicos o actividades recreativas que tengan como objeto la incitación a realizar conductas tipificadas como graves o muy graves".

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