26/04/2025 07:41
26/04/2025 07:40
26/04/2025 07:40
26/04/2025 07:33
26/04/2025 07:33
26/04/2025 07:33
26/04/2025 07:33
26/04/2025 07:33
26/04/2025 07:32
26/04/2025 07:32
Concepcion del Uruguay » 03442noticias
Fecha: 26/04/2025 01:10
El EMPLEADOR (ESTADO PROVINCIAL) es quien debe proporcionar los elementos para realizar el CONTROL DE ASISTENCIA y garantizar el mismo. LXS TRABAJADORES no debemos utilizar nuestro CELULAR PERSONAL para marcar asistencia. Es un elemento PRIVADO. Instalar la app “MI TRABAJO” expone al trabajador a una posible intromisión o violación de su PRIVACIDAD. No se contempla con claridad qué pasará con quienes NO TIENEN CELULAR APTO. No se garantiza la CONECTIVIDAD. Según información del propio Gobernador, debemos costear nosotros los DATOS MÓVILES. No nos oponemos al CONTROL DE ASISTENCIA Y HORARIO —es parte de nuestras obligaciones—, pero sí a que tengamos que utilizar ELEMENTOS PROPIOS para cumplirlo. La app incluye GEOLOCALIZACIÓN, lo que puede convertirla en una herramienta PERSECUTORIA. Desde la Seccional estamos evaluando, con nuestro EQUIPO JURÍDICO, interponer un RECURSO DE AMPARO COLECTIVO. La semana próxima debatiremos las acciones a seguir en REUNIÓN CON DELEGADXS Y AFILIADXS. ¡SEGUIMOS ORGANIZADXS PARA DEFENDER NUESTROS DERECHOS! #NOALSIGAP #PRIVACIDADLABORAL #ATEURUGUAY #DERECHOSLABORALES #MITRABAJONOESTUAPP
Ver noticia original