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Concordia » Entre Rios Ahora
Fecha: 18/04/2025 06:06
El martes 15, el juez civil de Victoria Luis Francisco Márquez Chada recibió una nota firmada por la presidenta del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, María Marta Simón. El texto le recordó al magistrado la vigencia de la Ley N° 10.141, “la cual regula el régimen de honorarios profesionales y establece parámetros mínimos que deben ser respetados al momento de la regulación judicial de los mismos. Esta normativa, de carácter imperativo, reconoce el carácter alimentario y la función social del ejercicio profesional, y resulta una herramienta fundamental para garantizar condiciones dignas de trabajo”. Y le hizo notar que en el Colegio funciona un “Observatorio de Honorarios”, organismo que ha sido creado con el fin de “receptar denuncias de colegas ante situaciones de incumplimientos o regulaciones que perforan el mínimo legal establecido por la ley”. La misiva trasuntó un patrullaje sobre la labor del juez y observó sentencias “que dan cuenta de decisiones judiciales que no respetan los mínimos legales” y que “generan una seria preocupación” entre los profesionales alcanzados. “Es por ello que el Colegio se encuentra analizando la adopción de medidas institucionales y legales tendientes a garantizar el estricto cumplimiento del marco normativo vigente en esta materia”, plantea. En declaraciones al programa Puro Cuento de Radio Plaza 94.7, Márquez Chada admitió que ha regulado honorarios perforando el mínimo que establece la Ley de Honorarios y esa decisión, añadió, surgió del sentido común: hay demandas en las que se reclama una suma mínima, y la regulación de honorarios supone una cifra que sextuplica ese monto. Alguien va a la Justicia a reclamar el pago de 100 pesos y tiene que abonar a su abogado 600 pesos. Así lo explica: “Hay cuestiones en pugna. Por un lado, tenemos el derecho de los abogados a cobrar un honorario que, justamente, tiene carácter de alimentario, y por el otro, guardar la razonabilidad de las resoluciones judiciales. El juez no puede abstraerse de resolver una causa sin tener en consideración las constancias de la causa y los valores económicos en pugna que hay. Esto no implica que no se aplique la ley. En mi juzgado, la cantidad de sentencias en las cuales se perfora el mínimo legal es muy baja”. -¿Cuándo ocurre? -Por ejemplo, en una ejecución en la que alguien quiere ir a cobrar una deuda de 100.000 pesos, y uno regula los honorarios, y si tiene que aplicar el mínimo legal, estamos hablando de una regulación de 10 juristas, o sea 610.000 pesos. Es decir, la persona pretende cobrar una deuda de 100.000 pesos y es 6 veces más alta la regulación de honorarios. -¿En qué situaciones concretas el juez se tiene que apartar del mínimo en la regulación de honorarios que establece la ley? -Siempre, primero, se aplica la ley en todos los casos. En un juicio de filiación, estamos hablando de prácticamente 6.100.000 pesos por parte. Se trata de juicios donde los mínimos son elevados, pero se aplican. En los casos en los que se perfora el mínimo, y esto lo hacemos los jueces y los vocales de cámara, es cuando lo que se reclama es una suma dineraria líquida que, confrontada con el valor de los honorarios, es notablemente más baja. Pero quiero puntualizar que no es la mayoría de los casos en los que se recurre al mínimo. Si hay otros casos, los desconozco. Nosotros lo aplicamos en este caso, que es cuando hay reclamo de sumas líquidas. -¿Cómo interpretó a carta que recibió de parte del Colegio de la Abogacía? -Me llama poderosamente la atención. Antes de entrar a esa especie de recomendación, intimación, como se le quiere entender, que envió el Colegio de la Abogacía a cada uno de los jueces y camaristas, tenemos que decir que la Ley 11.141, que regula los honorarios profesionales de los abogados, está vigente, nadie la está cuestionando. -El Colegio de la Abogacía tiene un Observatorio de Honorarios y mira detalladamente las sentencias de los jueces. Les dicen, palabras más, palabras menos, que no están respetando la ley. -A mí me sorprendió porque normalmente tenemos canales de diálogo abiertos con el Colegio de la Abogacía, los cuales son muy fluidos. Por eso, lo primero fue sorpresa; lo segundo, fue un poco de incertidumbre. Después, advertí que no era el único a quien se le había remitido la nota, sino que había sido a una cantidad, una gran mayoría de los colegas que conforman la Judicatura Provincial. No se puede perder de vista que si la Ley de Honorarios no se aplica como el abogado pretende, se puede recurrir. La única vía institucional que hay para dar tratamiento y el único cauce natural que hay para una cuestión de esta es la vía de apelación de honorarios por bajo. No conozco otra vía institucional. En eso, coincido con la Asociación de la Magistratura que habla de una intimidación a los jueces para intentar lograr que cambien, digamos, su criterio. La verdad que es un poco desconcertante la nota del Colegio de la Abogacía. Hay vías institucionales para plantear desconformidad con la regulación de honorarios. Por eso se entiende que es una especie de amedrentamiento. -La nota del Colegio de la Abogacía dice que se encuentra analizando la adopción de medidas institucionales y legales tendientes a garantizar el estricto cumplimiento del marco normativo vigente. Le está diciendo a un juez, a un camarista, que no va a apelar por la vía que corresponda si no está de acuerdo con la regulación del honorario, sino que va a ir por una especie de denuncia judicial o de otro tipo contra los magistrados que no respeten los términos que plantea el Colegio. -Es una intimidación. Lo que yo quiero dejar un poco en claro es que esto trasciende a la mera cuestión corporativa de abogado o juez. Acá se trata ni más ni menos que del servicio de justicia. Los destinatarios finales del servicio de justicia son las personas. Esto tiene que ser entendido tanto por la colegiatura, que tiene un legítimo interés a cobrar honorarios profesionales, que son el fruto de su trabajo, y tiene que ser entendido por los jueces, quienes debemos respetar las normas, debemos respetar las normas, pero integrar y aplicar las normas en su conjunto. Lo que nos están pidiendo es que apliquemos la ley en forma mecánica. Pero los jueces no pueden desatender la realidad económica del pleito. Eso no se puede desatender, porque si no estamos segmentando algunas cuestiones. ¿Lo sienten como una injerencia en la independencia de los jueces? -Creo que cualquier injerencia que haya, que cualquier intromisión que constituya una afectación a la independencia judicial, estas intromisiones no son buenas, y me parece que la ciudadanía tiene que tener conocimiento que nosotros recibimos este tipo presión. En mi caso, voy a seguir actuando como considero que corresponde actuar. Para corregirme, están las cámaras de apelaciones. En definitiva, somos los primeros o los últimos garantes del Estado de Derecho. La pérdida de credibilidad en el sistema judicial, también, en parte, es abonado por posturas que son totalmente de embate. Todo lo podemos hacer mejor, pero esto es una cuestión de criterio, y justamente los criterios se revierten con fallos, con fallos de cámara, con fallos de los tribunales superiores. -¿Lo entiende como un patrullaje al trabajo que hace el Observatorio de Honorarios? -El Colegio de la Abogacía no solamente representa a los colegiados, sino que debe velar por el ejercicio correcto de la abogacía. No tengo conocimiento de que el amedrentamiento de un magistrado se pueda considerar representación institucional. Pero no me siento ofendido ni nada por el estilo. Estamos en una situación de incomodidad. Aunque espero que esa nota no logre tener el efecto de amedrentamiento con los demás jueces. -La Asociación de la Magistratura habló de aprietes y coacción. -Sí, lo leí. Yo no soy no soy titular de la acción pública. Eso quedará a criterio de la Procuración, y deberá analizar si eso constituye una figura delictual. Yo no lo puedo decir, no soy especialista en la materia penal y me siento poco calificado para hacer una calificación o un encuadramiento normativo en una figura penal. Queda muy poco clara la nota del Colegio. La verdad que mayor gravedad institucional que emitir una nota con cierto contenido de amedrentamiento a un juez, me parece que ya no hay. Pero bueno, serán los titulares de la acción pública considerar si esto constituye alguna figura delictual. De la Redacción de Entre Ríos Ahora De la Redaccón de Entre Ríos Ahora
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