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  • Imprudencia y muerte en Ruta 12: tiene fecha el juicio por la muerte de jóvenes de Tabossi

    Parana » AnalisisDigital

    Fecha: 07/04/2025 22:58

    DE ANALISIS El juicio contra el conductor del auto –que iba alcoholizado y en exceso de velocidad- que provocó la muerte de tres jóvenes de Tabossi, en la ruta 12, el 7 de abril de 2024, comenzará el próximo 24 de abril, se informó a ANALISIS. Además, se formalizaron dos denuncias contra el médico policial que no realizó una pericia clave que agravaría la condena. La muerte de tres jóvenes en un trágico accidente ocurrido el 7 de abril de 2024, hace exactamente un año, causó una profunda conmoción en Tabossi, una pequeña localidad ubicada a unos 60 kilómetros de Paraná. Ayrton Bertozzi de 22 años, Brian Bertozzi de 24, y Néstor Rodríguez, de 25, perdieron la vida en la ruta 12, al ser colisionados por un Toyota Corolla que conducía Maximiliano Eduardo Zapata, de 31 años, acompañado por Agustina Sukmanowski Pintado, de 35 años y titular del auto. Los cuatro amigos viajaban en un Wolskwagen Golf junto a otro amigo, Emiliano Enrique, y regresaban desde Crespo, donde habían disfrutado de un show musical. Pero la imprudencia al volante de Zapata terminó con sus vidas. El conductor del vehículo Maximiliano Zapata esperó el juicio oral en prisión domiciliaria, y más de un año después finalmente tiene fecha de juicio oral para los días 24, 25 y 28 de abril, se informó a ANALISIS. Maximiliano Zapata junto a su nuevo abogado defensor, Claudio Berón. Conforme el auto de remisión a juicio, el Legajo N°29117 - "ZAPATA MAXIMILIANO S/ HOMICIDIO CULPOSO AGRAVADO LESIONES GRAVES CULPOSAS AGRAVADAS EN CONCURSO IDEAL”, acusa a Zapata de homicidio doblemente calificado y lesiones graves en concurso ideal. La Fiscalía y la querella solicitarán la aplicación de una pena de 5 años y 8 meses, teniendo en cuenta que el máximo es de 6 años. En la nombrada resolución de remisión a juicio se pueden leer detalles del hecho y las pruebas ofrecidas por las partes. Denuncia contra el médico policial Tal como se indicó en agosto de 2024 en el programa Cuestión de Fondo (Canal 9 Litoral), los padres de los hermanos Bertozzi, Miguel Zapata y Carina Emeri, se encuentran disconformes con el accionar del médico de policía, Damián Borgetto. Dicho funcionario público fue instruido luego de ocurrido el accidente para que se presente en una clínica de la ciudad de Crespo en la que se encontraba el conductor que provocó la tragedia y proceda a tomar una muestra de sangre para su posterior análisis con el fin de determinar si Zapata conducía el automotor con alcohol en sangre. En todos los casos, y conforme las normas vigentes, el médico de policía debe buscar testigos y labrar un acta de extracción, dejando constancia de los datos de los testigos que presenciaron el procedimiento, día y hora, etc. No obstante, el médico Borgetto se limitó a presenta un “informe” luego del accidente en el que manifestó que el Sr. Zapata presentaba “fractura de codo derecho y tobillo” aclarando: “Observaciones: Internado en UTI en estado de shock ya medicado no se puede extraer sangre, ni orina”. Ante ello, los padres de las víctimas cuestionaron que el proceder del médico resultó absolutamente irregular, y por eso efectuaron sendas denuncias ante el Jefe de Policía de la provincia, Claudio González, para solicitar el inicio de una instrucción sumaria, y ante la fiscal Jimena Ballesteros para dar inicio a una causa penal. La familia Bertozzi plantea que “la sola circunstancia de que el Sr. Zapata haya tenido una fractura de codo y tobillo no impedía obtener la muestra de sangre. El Dr. Borgetto pudo haber obtenido la muestra sin inconveniente alguno, máxime cuando Zapata estaba en una UTI, con todos los recursos que allí existen para lograr algo tan sencillo como tomar una muestra de sangre”. En tal sentido, recuerdan que “en otras investigaciones se ha tomado muestra de sangre con personas internadas en estado de salud muy delicado” y citan el ejemplo de lo sucedido con el ex funcionario provincial Juan Ruiz Orrico en Concepción del Uruguay “a quien se le tomó la muestra en la UTI mientras transitada un cuadro de salud por demás complejo, y no era una simple fractura como aquí”. Además, plantean que “en el supuesto caso de no poder tomar la muestra, siempre debió hacer el proceso en presencia de testigos, lo cual no se cumplió. El Dr. Borgetto, antes de empezar el procedimiento debió buscar los testigos, y ello no ocurrió, dado que no presentó jamás el acta en la que se documente la imposibilidad de obtener la muestra. Nada de ello ocurrió y solamente presentó un informe no avalado por testigo alguno”. Según supo ANALISIS, en el marco del legajo penal en el que se investiga el accidente, Borgetto fue convocado y admitió no haber labrado el acta de su actuación ante testigos. El accionar del médico de policía no permitió saber si Zapata circulaba bajo los efectos de alcohol, lo cual hubiera sido decisivo para aplicarle una pena más severa. En nuestra provincia las penas más elevadas se han aplicado a conductores en estado de ebriedad. Lo paradójico de esto es que el mismo médico, Damián Borgetto, sí tomó la muestra de sangre al cadáver del hijo de Miguel Bertozzi y Carina Emeri, que conducía el auto colisionado. Por todo esto, Miguel Bertozzi y Carina Emeri, formalizaron dos denuncias en contra del médico: a) ante el jefe de Policía de la Provincia de Entre Ríos, Claudio González, solicitaron que se inicie en contra del médico de policía Borgetto un sumario administrativo con el fin de evaluar su accionar al momento de cumplir con la obligación de tomar la muestra de sangre. La denuncia se basa en la Ley 5654 y se solicitó que el galeno sea sancionado por cometer FALTA GRAVE, en los términos del art. 162 de la Ley 5654. b) Se presentó denuncia penal por la presunta comisión de diversos delitos, entre los cuales se encuentra el incumplimiento de los deberes de funcionario público. Dicho trámite actualmente se encuentra tramitado por la fiscal Jimena Ballesteros.

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