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  • Tras el fallo del TSJ a favor de Uber, peones de taxi piden a Passerini que recurra a la Corte

    » Comercio y Justicia

    Fecha: 07/04/2025 19:29

    El Sindicato de Peones de Taxi, una de las agrupaciones que representa a los choferes de taxis en la ciudad de Córdoba, le solicitó al intendente Daniel Passerini que acuda a la Corte Suprema de Justicia para frenar la decisión del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que habilita el funcionamiento de las aplicaciones de transporte tipo Uber. “Le pedimos al intendente Passerini que, dentro de los plazos correspondientes, recurra aquellos fallos judiciales en esta temática que ponen en riesgo los puestos de trabajo del taxi”, señalaron a través de un comunicado de prensa. Y en ese sentido, mencionaron la posibilidad de “acudir en última instancia ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en resguardo del transporte público municipal legal que prestamos al pueblo de Córdoba”. Proyecto Mientras tanto, luego de la decisión del TSJ conocida el viernes, la Municipalidad confirmó que enviará al Concejo Deliberante un proyecto de ordenanza para establecer un marco regulatorio específico para las plataformas de transporte. La medida fue anticipada por Gabriel Martín, asesor letrado adjunto del municipio, quien aclaró que la sentencia del TSJ obliga al Ejecutivo a avanzar en una regulación local del servicio. “La resolución del Tribunal Superior de Justicia abre un marco de regulación para Uber. La Municipalidad ahora está obligada a enviar un proyecto al Concejo Deliberante para darle un marco legal, que básicamente consistirá en imponer las mismas obligaciones que a un servicio público de autos con software”, señaló el funcionario. Sin embargo, desde la comuna aclararon que Uber continúa siendo una aplicación ilegal en la ciudad de Córdoba. El fallo del TSJ habilitó de manera provisoria el camino para que la plataforma comience a funcionar de forma regulada y estableció una serie de condiciones que deben ser cumplidas por la empresa. Hasta que eso ocurra, su operación sigue sin estar permitida en el ejido urbano. En ese marco, desde el municipio aseguraron que continuarán con los operativos de control e incautación de vehículos que operen bajo estas plataformas. Condiciones En la práctica, el fallo señala que Uber deberá adecuar su funcionamiento a las normativas locales, entre ellas la obligación de tributar Ingresos Brutos ante la Provincia y tasas de Comercio e Industria ante la Municipalidad, como cualquier comercio habilitado. La sentencia incluyó exigencias tanto para la empresa como para los vehículos y conductores que pretendan conectarse a su plataforma. Según lo dispuesto, Uber debe constituir domicilio legal en Córdoba, presentar documentación societaria, contar con habilitación municipal, seguro de responsabilidad civil y disponer de un medio electrónico de pago. Recién cuando cumpla con todas esas condiciones podrá solicitar el alta oficial, algo que por ahora no ocurrió. Para los conductores, las exigencias son aún más concretas y hacen un paralelo directo con las normas que ya rigen para taxis y remises. La ordenanza 12.859, que regula el transporte individual de pasajeros en Córdoba, será de aplicación supletoria para estos casos En consecuencia, los conductores que pretendan operar en Uber deberán presentar antecedentes penales, certificados que acrediten que no figuran en registros de delitos sexuales ni de deudores alimentarios, alta ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y cobertura de una aseguradora de riesgos del trabajo (ART). Además, deberán contar con una licencia de conducir profesional habilitante en la ciudad de Córdoba. Esta exigencia deja fuera a los conductores particulares que hasta ahora utilizaban la aplicación, ya que se trata de una categoría mucho más restrictiva. En cuanto a los vehículos, la normativa impone un giro drástico respecto del criterio actual de Uber. Mientras la empresa permite vehículos desde modelo 2004 en adelante, el TSJ fijó que sólo podrán conectarse a la aplicación aquellos con una antigüedad no mayor a 10 años. Eso implica que, en 2025, el modelo mínimo permitido será 2015. Además, los autos deberán contar con inspección técnica vehicular (ITV) cada cuatro meses, tener capacidad para al menos dos valijas medianas, aire acondicionado frío/calor y estar ploteados con el logo de la aplicación. Este último punto no es menor. Implica una clara identificación del vehículo, en línea con lo que ya se exige a taxis y remises. El fallo del TSJ alcanza únicamente a Uber. No incluye a otras aplicaciones como Didi o Cabify, que también operan en Córdoba sin regulación clara. Sin embargo, fuentes del municipio reconocen que será difícil mantener una diferenciación jurídica entre las plataformas una vez que Uber cumpla con las exigencias. Todo indica que las otras empresas deberán seguir el mismo camino si pretenden continuar operando bajo un marco legal. Si Bus En otro orden, desde hoy comenzará a operar de manera oficial la empresa Si Bus como nueva prestataria del servicio de transporte urbano en la ciudad de Córdoba. La compañía se hará cargo de los servicios de los corredores 3 y 8. La empresa promete una flota de 170 colectivos. Todas las unidades ya están listas para garantizar la operación y cuentan con aire acondicionado, rampa para discapacidad y su ITV correspondiente para brindar un servicio adecuado y eficiente.

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