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  • Entre Ríos, Argentina

  • La familia Allende no logró evitar las indagatorias por enriquecimiento ilícito

    Parana » AnalisisDigital

    Fecha: 05/04/2025 19:16

    De ANÁLISIS Luego de un planteo de “dilación indebida” del proceso contra José Ángel Allende y su familia que fue rechazado por el juez de Garantías Pablo Zoff, se presentó un recurso de apelación que ni siquiera fue tratado por el Tribunal, que lo consideró “mal concedido”. Tal como informó ANÁLISIS, la defensa había presentado un recurso de “excepción de falta de acción por violación del plazo razonable”. Es decir, cuestionó “dilaciones indebidas” por parte de la Justicia. La Fiscalía respondió con un escrito donde detalla los hechos y causas que produjeron las demoras. El juez Zoff no hizo lugar al pedido de suspensión de las audiencias previstas en el marco de la instrucción, por ser "improcedente, por cuanto el planteo de excepciones no interrumpe la instrucción”. Los defensores de los Allende presentaron una apelación contra esta resolución, la cual fue concedida por el magistrado. Este jueves, el Tribunal de Transición de Paraná, presidido por Rafael Cotorruelo, sostuvo que “no se encuentra expresamente habilitada la instancia de apelación en el caso de la resolución cuestionada”. “En segundo lugar -agrega la resolución judicial-, y considerando en consecuencia que dicha posibilidad impugnativa solo puede tener como base la presencia de un eventual ‘gravamen irreparable’, en el mismo sentido corresponde concluir, atento a que de ningún modo dicho supuesto se configura pese a la invocación de su existencia por parte de la recurrente”. “Lo dicho en tanto la impugnante no explica o siquiera sugiere cual o cuales son los concretos perjuicios que la eventual realización de los actos procesales cuya suspensión interesa puede acarrear, y menos aún que los mismos no puedan ser objeto de ulterior reparación”, consideró el Tribunal. En este sentido, sostuvo que, por el contrario, “los actos cuya suspensión se interesan constituyen ni más ni menos que el medio de defensa por excelencia, en función del cual los imputados son informados de la acusación y de las pruebas que la sustentan, siendo asimismo el momento en el cual pueden ejercer su defensa material, detentando además desde esa instancia el pleno acceso a la causa”. Asimismo, “considerando el carácter prolongado de esta instrucción, dicho acto de defensa habilitará al magistrado a resolver la situación procesal de los incursos (…) lo cual permitirá despejar la situación de incertidumbre que en nuestro caso desde hace años afecta a los imputados, dato que pone además en evidencia la contradicción en la que incurren los señores defensores, quienes piden aquí la suspensión de este acto de defensa y al mismo tiempo invocan en paralelo la existencia de ‘dilaciones indebidas’ para fundar una presunta falta de acción”. De este modo, se resolvió declarar “mal concedido por inadmisible” el recurso de apelación de los defensores. Ahora, Zoff deberá citar inmediatamente a Allende, Adriana Guadalupe Satler, Diana María cristina Traverso, Julio Alejandro Allende, y Carolina Allende a las indagatorias donde deberán responder a la acusación por los delitos de Enriquecimiento ilícito y Negociaciones incompatibles con la función pública.

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