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  • Reconocen derecho parcial de un trabajador a cobrar adicional por la llamada “caja de empleados”

    » Comercio y Justicia

    Fecha: 04/04/2025 06:38

    La Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba resolvió hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por un trabajador de la Lotería de Córdoba Sociedad del Estado y, en consecuencia, revocó la sentencia de la Cámara que había rechazado su demanda. El Alto Cuerpo declaró la nulidad de los actos administrativos cuestionados y reconoció el derecho del actor a percibir el cincuenta por ciento (50%) de los montos correspondientes a los meses de octubre y noviembre de 2016 en concepto de “Caja de Empleados”. Asimismo, impuso las costas por su orden en ambas instancias, en virtud de las características particulares del caso. La sentencia impugnada había rechazado la demanda de plena jurisdicción interpuesta por el trabajador contra la Lotería de Córdoba, mediante la cual se solicitaba el reintegro de sumas retenidas en concepto de “Caja de Empleados”. El tribunal de mérito también había condenado en costas a la parte vencida, considerando que no existían elementos suficientes para sostener la pretensión esgrimida. Omisión

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