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» Comercio y Justicia
Fecha: 04/04/2025 06:37
La Cámara 4ª en lo Civil y Comercial de Córdoba, integrada por los jueces Federico Alejandro Ossola y Viviana Siria Yacir, confirmó la responsabilidad por mala praxis médica de la Clínica Sanagec, su administradora Promdex SA, la obra social Osecac y la médica tratante N. E. A., en perjuicio de la actora V. E. A., debido a un diagnóstico tardío de cáncer de mama que derivó en una mastectomía y otras intervenciones médicas. La sentencia también resolvió diferir la cuantificación del daño moral a la etapa de ejecución de sentencia. El caso se originó a raíz de una demanda por daños y perjuicios presentada por A., quien alegó que, pese a haber acudido en reiteradas oportunidades a consultas médicas con la doctora A. por síntomas preocupantes como bultos, dolor y cambios en la piel en uno de sus senos, no se le realizaron estudios pertinentes ni se brindó un seguimiento adecuado. Este proceder habría derivado en un diagnóstico tardío de un cáncer de mama, con un grave impacto tanto físico como emocional. El juez de primera instancia había hecho lugar parcialmente a la demanda, condenando a Promdex SA, Osecac y a la médica al pago de una indemnización de $2.039.537, más intereses, con costas por el orden causado. Determinó que la actora había logrado acreditar, mediante testimonios y pericias, que la demora en el diagnóstico fue atribuible a la negligencia de la médica. Apelaciones
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