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Parana » Ahora
Fecha: 29/03/2025 02:10
El Gobierno de Italia emitió este viernes un decreto que limita la ley que concede la ciudadanía a los descendientes de italianos en el extranjero. Con este cambio, el beneficio quedará restringido para quienes tengan un padre o abuelo nacido en Italia. Antes de la modificación era suficiente un bisabuelo o tatarabuelo. Italia concede la nacionalidad, entre otros criterios, con el principio “Ius Sanguinis”, es decir, por descendencia o filiación. Es por ese motivo que extranjeros descendientes de antiguos emigrantes italianos podían reclamar la ciudadanía. “El principio del derecho de sangre no será abolido y muchos descendientes de emigrantes podrán obtener la nacionalidad italiana. Pero se establecerán límites precisos, especialmente para evitar los abusos o la comercialización de los pasaportes italianos. La nacionalidad debe ser una cosa seria”, aseguró Antonio Tajani, ministro de Relaciones Exteriores, luego del consejo de ministros realizado este viernes. Según un cálculo del Ministerio de Relaciones Exteriores de Italia, con la ley que estaba en vigor hasta ahora, entre 60 y 80 millones de personas en el mundo podían reclamar la nacionalidad italiana. ¿Quiénes podrán recibir la ciudadanía italiana? El decreto aprobado este viernes prevé que los descendientes de italianos nacidos en el extranjero solo recibirán la nacionalidad automática durante dos generaciones: es decir, si al menos un progenitor o un abuelo han nacido en Italia. “Lamentablemente en los últimos años ha habido abusos que iban más allá del verdadero interés por nuestro país”, aseguró Tajani. En la rueda de prensa, el Ministro mostró algunos anuncios en español que ofrecían cursos para obtener la nacionalidad italiana prometiendo “salida laboral inmediata”. “Esta reforma quiere proteger a quienes quieren ser italianos en el extranjero”, agregó. Además, el funcionario advirtió que “se impondrá a los ciudadanos nacidos y residentes en el extranjero y naturalizados italianos mantener lazos reales con nuestro país, ejerciendo los derechos y los deberes de los ciudadanos al menos una vez cada 25 años”. Aún no fueron precisados esos derechos y deberes. Por último, la tercera fase de esta reforma obligará a los interesados en obtener la nacionalidad italiana a presentar su solicitud ante un ente del Ministerio de Exteriores y ya no podrán hacerlo en los consulados, que se han visto sobrepasados en los últimos años ante la enorme cantidad de solicitudes. Fuente: Página 12
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