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  • Dani Alves fue absuelto por el delito de agresión sexual

    Buenos Aires » Infobae

    Fecha: 28/03/2025 08:30

    (Foto de ARCHIVO) El exfutbolista Dani Alves fue absuelto del delito sexual (EUROPA PRESS/D.Zorrakino) El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) absolvió al futbolista brasileño Dani Alves tras revocar por unanimidad la sentencia que lo había condenado a cuatro años y medio de prisión por agresión sexual. La decisión de la Sección de Apelaciones del tribunal se conoció el viernes 22 de marzo y consideró que el testimonio de la denunciante carece de la fiabilidad necesaria para sostener una condena. La resolución deja sin efecto todas las medidas cautelares, incluida la obligación de mantener distancia con la denunciante y el pago de una indemnización. El fallo estima el recurso presentado por la defensa del ex jugador del FC Barcelona y desestima los de la Fiscalía —que había solicitado elevar la pena a nueve años— y de la acusación particular, que pedía doce. En el auto, el TSJC subraya la existencia de “vacíos, imprecisiones, inconsistencias y contradicciones” en el relato de la denunciante, especialmente en los aspectos del relato que podían ser verificados objetivamente, como las grabaciones de video obtenidas en la discoteca Sutton de Barcelona, donde ocurrieron los hechos la madrugada del 31 de diciembre de 2022. El tribunal también señaló contradicciones entre el testimonio de la víctima y las pruebas materiales del caso, como los informes de ADN y el peritaje dactiloscópico. En ese sentido, la sentencia de apelación argumenta que la sentencia original incurrió en un “salto argumental” al considerar creíble el testimonio de la joven en relación a una supuesta penetración no consentida, sin contrastar adecuadamente esa afirmación con el resto de las pruebas disponibles. “El salto argumental que da la sentencia de instancia, situando la creencia subjetiva de la declaración de la denunciante [...] elude lo que metodológicamente debió de indagarse por el tribunal de instancia, que es el contraste de esa declaración con las demás pruebas”, indicaron los magistrados. “De la prueba practicada, no se puede concluir que se hayan superado los estándares que exige la presunción de inocencia”, agrega el fallo, que también recuerda que las sentencias condenatorias deben cumplir con un “canon reforzado de motivación”. Los jueces advirtieron que la decisión de absolver a Alves se basa en la falta de acreditación de la hipótesis de la acusación, pero aclararon que eso no implica validar automáticamente la versión presentada por la defensa. “El hecho de no dar por acreditada la hipótesis acusatoria no supone afirmar que la hipótesis verdadera sea la que mantiene la defensa del acusado”, señala el texto. Dani Alves había estado en prisión preventiva durante catorce meses, tras ser detenido en enero de 2023. En marzo de 2024, la Audiencia de Barcelona le concedió la libertad provisional luego de que el jugador depositara una fianza de un millón de euros. Los jueces de aquella instancia argumentaron que el riesgo de fuga se había reducido, al estar el futbolista empadronado en la ciudad y colaborar con el proceso judicial. La condena original, dictada por la Audiencia de Barcelona en febrero de 2024, había establecido una pena reducida en comparación con lo solicitado por las acusaciones, al aplicarle a Alves la atenuante de reparación del daño, tras indemnizar a la denunciante con 150.000 euros. El tribunal de primera instancia consideró entonces probado que el jugador había actuado con violencia y sin consentimiento. Sin embargo, esa sentencia ha sido anulada en su totalidad por el TSJC, que destacó que el fallo anterior no valoró adecuadamente los elementos de prueba disponibles ni garantizó los estándares exigidos para sustentar una condena penal. Tras conocerse la decisión, la abogada defensora del futbolista, Inés Guardiola, declaró en diálogo con la emisora catalana RAC1: “Estamos muy felices, se ha hecho justicia, se ha demostrado que Alves es inocente”.

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