31/03/2025 03:05
31/03/2025 03:05
31/03/2025 03:05
31/03/2025 03:04
31/03/2025 03:04
31/03/2025 03:04
31/03/2025 03:04
31/03/2025 03:04
31/03/2025 03:04
31/03/2025 03:03
» Comercio y Justicia
Fecha: 28/03/2025 04:25
La jueza Cecilia M. Wiesztort, titular de la Unidad Procesal N° 7 de San Carlos de Bariloche, resolvió rechazar la demanda de régimen de comunicación interpuesta por C.H.B. respecto de su hija adolescente E.B., y hacer lugar a la reconvención formulada por la progenitora, M.I.P., otorgándole en forma exclusiva el cuidado personal de la menor. La decisión se sustentó en la comprobación de antecedentes graves de violencia de género ejercida por el actor hacia la madre y la hija, en la falta de impulso procesal y probatorio por parte del demandante, y en el expreso deseo de la adolescente de no mantener vínculo alguno con su progenitor. Entre los argumentos centrales del fallo, se destaca que el actor no asistió a las dos audiencias conciliatorias fijadas, pese a haberlas solicitado, y desistió de la producción de prueba fundamental como la pericia social y psicológica sobre su persona. Constancias
Ver noticia original