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» La Capital
Fecha: 27/03/2025 18:51
El proyecto establece una nueva definición sobre los eventos ilegales con fines de lucro en la ordenaza aprobada durante la pandemia. A menos de cuatro años de la sanción de la ordenanza para prevenir las fiestas clandestinas en Rosario , el Concejo Municipal empezó a analizar la reforma del texto que impone multas de casi 6 millones de pesos. El oficialismo pretende ampliar la calificación de los hechos denunciados debido a la recurrencia de los alquileres temporales para organizar eventos ilegales. El proyecto impulsa la modificación de casi todos los artículos de la normativa aprobada en junio de 2021, durante el segundo año de la pandemia de Covid-19 . Si bien las sanciones se mantienen, la iniciativa abre un abanico mucho más amplio a la hora de definir los encuentros con fines de lucro que no cuentan con autorización, tanto en lo que respecta a la modalidad como a los lugares elegidos y a la situación de los vecinos. Por un lado, la propuesta de actualización de la ordenanza 10.212 apunta a eliminar la constante tensión en la convivencia donde se realizan este tipo de reuniones. A su vez, los edile remarcaron que las convocatorias "encubren una actividad comercial fuera de cualquier cuestión legal". La presidenta del Concejo y autora del texto aprobado en 2021, María Eugenia Schmuck , firmó el proyecto de reforma junto a Fabrizio Fiatti y Nadia Amalevi con un cambio fundamental en el segundo artículo. En esta instancia se definen las fiestas privadas clandestinas como eventos con difusión musical o cualquier otro tipo de espectáculo que incluya la venta de alcohol con el ingreso masivo de personas a espacios cerrados o al aire libre. A continuación se define el fin de lucro cuando se den dos o más de las siguientes nueve situaciones: Periodicidad de los eventos: la realización de reuniones, fiestas o eventos de forma reiterada en el tiempo, especialmente cuando ocurran con frecuencia recurrente o en fechas consecutivas. Uso del inmueble sin la presencia de propietarios o residentes fijos: cuando los propietarios no residen en la vivienda , sino que la utilizan exclusivamente para la organización de eventos como práctica reiterada de alquiler a distintas personas de manera rotativa, sin que haya una residencia estable. , sino que la utilizan exclusivamente para la organización de eventos como práctica reiterada de alquiler a distintas personas de manera rotativa, sin que haya una residencia estable. Denuncias vecinales: la recepción de quejas recurrentes por parte de vecinos respecto a ruidos molestos, desórdenes, violación de normas de convivencia o cualquier otro hecho que afecte la tranquilidad del entorno. la recepción de quejas recurrentes por parte de vecinos respecto a ruidos molestos, desórdenes, violación de normas de convivencia o cualquier otro hecho que afecte la tranquilidad del entorno. Incumplimiento de normativas vigentes: la violación de disposiciones municipales relacionadas con ruidos molestos, uso del suelo o cantidad de asistentes. >> Leer más: Dónde se hacen fiestas clandestinas en Rosario: "Hay lugares que son crónicos" Uso desproporcionado del inmueble: ingreso y egreso constantes de personas que no residen en el lugar, indicativo de una explotación comercial no declarada . . Publicidad y promoción del inmueble para eventos: publicaciones en redes sociales, sitios web o plataformas de alquiler temporario , asi como anuncios o flyers, que ofrezcan o promocionen el lugar para fiestas, reuniones o eventos, sin encontrarse habilitado. , asi como anuncios o flyers, que ofrezcan o promocionen el lugar para fiestas, reuniones o eventos, sin encontrarse habilitado. Alteración del tránsito y estacionamiento en la zona: reclamos de vecinos por bloqueo de accesos, obstrucción de garajes o estacionamiento indebido en la vía pública, aglomeración de vehículos en horarios nocturnos, con movimientos constantes de ingreso y egreso de personas. en la vía pública, aglomeración de vehículos en horarios nocturnos, con movimientos constantes de ingreso y egreso de personas. Presencia de personal contratado para eventos: registro de servicios de catering, seguridad privada, DJ u otros proveedores de eventos que habitualmente no formarían parte de un domicilio particular. u otros proveedores de eventos que habitualmente no formarían parte de un domicilio particular. Uso de estructuras o equipamiento ajeno a una vivienda común: instalaciones temporales como barras de bebidas, carpas, luces de discoteca, escenarios de DJ, equipamiento de sonido profesional que exceda el uso doméstico y que genere contaminación acústica frecuente. ¿Cuál es la multa máxima por fiestas clandestinas en Rosario? La ordenanza sobre fiestas ilegales o clandestinas define un tope de multas de 4.600 unidades fijas. Actualmente este cálculo equivale a $5.759.200 por el precio del litro de nafta especial en la provincia de Santa Fe. >> Leer más: Desbarataron dos fiestas clandestinas en zona sur tras denuncias de vecinos por ruidos molestos Las sanciones económicas se aplican tanto a los organizadores de los eventos como a los propietarios del lugar. En ambos casos se establece un mínimo de 2.879.600 pesos por la infracción. Proponen eliminar multas de la emergencia por Covid-19 En último término, el proyecto impulsa la derogación de la cláusula transitoria dictada durante la pandemia de coronavirus. El artículo 5 fijó multas cinco veces más altas para las fiestas organizadas en contravención de los decretos de emergencia sanitaria y duplicó el plazo de clausura de los inmuebles con un plazo de 180 días. Dado que la normativa se refiere a encuentros privados, las sanciones no abarcan los eventos que se realizan en clubes, sociedades de fomentos, salones y demás establecimientos habilitados con ese fin. En esos casos se aplica la regulación vinculada a la nueva ordenanza de nocturnidad.
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