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  • ¿Cuántos dólares se pueden depositar sin justificar en abril?

    Concordia » El Heraldo

    Fecha: 25/03/2025 12:49

    La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), organismo que reemplazó a la AFIP en funciones clave de control fiscal, informó los límites y condiciones para evitar inconvenientes legales al momento de depositar dólares en cuentas bancarias durante abril. Desde el organismo explicaron que no sólo se controlan los montos depositados, sino también el origen y formalidad de la compra de esos dólares. En caso de que el fisco no detecte una adquisición oficial —como por medio del dólar MEP, oficial o tarjeta— puede presumirse que el dinero fue obtenido en el mercado informal, lo que puede derivar en sanciones. Por esta razón, se recomienda realizar depósitos únicamente con dólares adquiridos por canales legales o que hayan sido declarados en alguno de los blanqueos fiscales recientes. Desde el 1° de enero de 2025, ARCA está facultada a solicitar información a los bancos cuando los movimientos de una cuenta superen ciertos montos: * $600.000 en consumos totales con tarjeta de débito o egresos en billeteras virtuales. * $1.000.000 en acreditaciones bancarias mensuales o depósitos a plazo. * $2.000.000 en transferencias realizadas desde billeteras virtuales. Sanciones según la Ley Penal Cambiaria La normativa vigente establece sanciones para quienes: * Realicen operaciones cambiarias sin pasar por entidades autorizadas. * Mientan u omitan datos en operaciones. * No regularicen errores o diferencias en las declaraciones. * Incumplan condiciones sobre montos, moneda o plazos establecidos por ley.

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