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La Paz » Politica con vos
Fecha: 25/03/2025 09:28
La Cámara de Diputados formalizó la aprobación del Decreto de Necesidad y Urgencia 179/2025 del acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI), ratificado el pasado miércoles en el recinto con 129 votos afirmativos, 108 negativos y 6 abstenciones. A través de la Resolución 741-D/2025, publicada este martes en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente de la cámara baja, Martín Menem, y el secretario Parlamentario, Adrián Pagán, el cuerpo «declara la validez del decreto de necesidad y urgencia 179/25, del 10 de marzo de 2025». El Gobierno logró blindar el DNU en una sesión con un escandaloso comienzo en el que hubo gritos, insultos y chicanas y en la que se expusieron los audios filtrados de Martín Menem. Sin dificultades para reunir el quorum y con la aprobación de un debate express, que comprometía el fin de la sesión para las 16, La Libertad Avanza cosechó el apoyo de sus aliados del PRO y el MID, tras la trifulca y posterior reconciliación entre Oscar Zago y Lisandro Almirón. Además, votaron a favor la UCR, la Coalición Cívica, Innovación Federal, parte de Encuentro Federal, algunos radicales de Democracia y los diputados que responden a los gobernadores. Qué dice el DNU que habilita un nuevo acuerdo con el FMI El ministro de Economía, Luis Caputo, busca alcanzar un acuerdo con el organismo, que para algunos será entre u$s10.000 millones y u$s20.000 millones para cancelar las deudas con el Banco Central y reforzar las reservas. El DNU 179/2025 establece que los fondos que lleguen del FMI serán destinados a la cancelación de «las letras intransferibles en dólares estadounidenses en poder del Banco Central, en el marco de las atribuciones conferidas a la Secretaría de Hacienda y a la Secretaría de Finanzas, ambas del Ministerio de Economía, en los términos del artículo 55 de la Ley N°11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) y del Decreto N°1344 del 4 de octubre de 2007 y sus modificaciones». «A tal efecto, se tomará la Letra Intransferible de vencimiento más cercano, a saber, la emitida originalmente mediante el artículo 1° de la Resolución N°406 del 2 de junio de 2015 del entonces Ministerio de Economía y Finanzas Públicas con vencimiento el 1° de junio de 2025; y sus subsiguientes en orden cronológico; y las operaciones de crédito público celebradas en el marco del Programa de Facilidades Extendidas del 2022 cuyo vencimiento opere dentro de los 4 años de la suscripción del acuerdo a celebrarse en los términos del primer párrafo del presente artículo», prosigue. También se mencionan «las letras intransferibles cuyo vencimiento opere durante el ejercicio fiscal 2025 y no sean canceladas en los términos del inciso a. del presente artículo se regirán por lo dispuesto en el artículo 9° del Decreto N°1104/24». Además, señala que la operación incluirá el pago de los intereses y cargos en los plazos y tasas preestablecidos por el organismo de crédito para este tipo de acuerdos y el reembolso del capital del préstamo en el plazo mencionado. Por otra parte, en los considerando del DNU se advierte que el Gobierno decidió «no comprometer su política económica de déficit cero» por lo que «los fondos recibidos deberán ser utilizados exclusivamente para cancelar deudas del Tesoro Nacional, con el Banco Central y deudas con el FMI». (C5N)
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