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  • Después de 10 años absuelven a madre e hijo juzgados por polémica transacción inmobiliaria

    Parana » Ahora

    Fecha: 24/03/2025 00:05

    Una madre y su hijo fueron absueltos de culpa y cargo después de 10 años de trámite de una causa en la que los acusaban de estafar a una mujer incapaz en la compra de una vivienda céntrica de Paraná. El fiscal Cristian Giunta no logró derribar el estado de inocencia de la mujer y su hijo y el juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones, Alejandro Cánepa dictó la absolución de culpa y cargo de ambos imputados. Ambos acusados fueron declarados inocentes. El caso se remonta a 2015 cuando Rosana Gabriela Miño, de 50 años, y su hijo, Lautaro Emanuel Godoy, de 24 años, compraron una propiedad ubicada en calle Urquiza de Paraná. Según el abogado Mario Vecetti, que representaba a los hijos del hombre que era el esposo de la denunciante, la propietaria presentaba un severo cuadro de deterioro en su salud mental. El fiscal Guinta junto al querellante Vecetti. La defensa a cargo del defensor oficial Rodrigo Juárez puso en exhibición el rol del escribano que certificó la transacción. Y explicó que el hijo de la mujer no participó en la transacción, ya que recibió la vivienda en calidad de donación de su madre. Miño y su hijo, fueron juzgados por la comisión del delito de circunvención de incapaces, relacionado a un complejo hecho atravesado por cuestiones burocráticas por negocios inmobiliarios, que ocurrió en junio de 2015. El hecho El 23 de marzo de 2021, a los imputados se les atribuyó que “… el 19 de junio 2015, aprovechándose de la avanzada edad y condiciones de salud, de Martha Susana Fiore, quien no presentaba habilidad para manejar por si misma sus bienes ni su patrimonio, le hizo suscribir la venta de un inmueble de propiedad de ésta, sito en calle Urquiza 1.901, de Paraná, de una superficie de 204,43 metros cuadrados, plano de mensura, a favor de Rosana Gabriela Miño -negocio jurídico pasado ante el escribano Mario Gabriel Lescano instrumentado en la escritura Nº 73- por la suma de 70.000 pesos cuando el valor lógico de un inmueble en el estado en que se encontraba en ese momento, pudo razonablemente venderse en la suma de hasta 520.000 pesos, lo que generó un perjuicio a Martha Susana Fiore de 72 años de edad y su esposo Vitorio Cayetano Fabre de 76 años, transfiriéndolo posteriormente a Lautaro Emanuel Godoy, que conocía el origen ilícito de la adquisición, con fin de agotar el delito enrostrado”. La sentencia El juez Cánepa dijo con respecto a Godoy que ni la Fiscalía ni la querella mantuvieron la acusación en su contra al final del juicio. Esto se debió principalmente a que se probó que el negocio de compraventa de la casa de la Fiore fue realizado exclusivamente por el padre de Godoy, mientras que el imputado no tenía mayor conocimiento de este. En consecuencia, la absolución fue otorgada sin que el proceso afectara el buen nombre y honor de Godoy. Con respecto de Miño, el juez dijo que la Fiscalía y la querella solicitaron para Miño una pena de 3 años de ejecución condicional, acusándola de estafa por circunvención de incapaz (artículo 174 inciso 2 del Código Penal). Según la imputación, Miño habría aprovechado las condiciones de salud y avanzada edad de Susana Martha Fiore, induciéndola a firmar un documento público que implicaba la venta de su propiedad en Paraná a un precio inferior al de mercado. No obstante, el juez dijo que no se determinó que Miño tuviera conocimiento de la incapacidad de Fiore ni que hubiera abusado de su condición. Aunque Miño fue beneficiaria del negocio, no se demostró que haya obligado a la víctima a suscribir el contrato ni que se haya aprovechado de su estado. Por lo tanto, su desvinculación en el rol asignado por los acusadores quedó respaldada por el principio constitucional de congruencia entre acusación y sentencia.

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