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  • Según un informe, la reforma que impulsa el Gobierno en Comodoro Py implica “un punto de inflexión”

    Buenos Aires » Infobae

    Fecha: 23/03/2025 02:55

    Tras la resolución del Ministerio de Justicia sobre la reforma procesal en Comodoro Py, un centro de estudios con foco en la región habló de "un punto de inflexión en la historia institucional de nuestro país" (EFE/Juan Ignacio Roncoroni) Tras el anuncio y posterior resolución del ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, que puso fecha a la implementación del sistema acusatorio en los tribunales de Comodoro Py, una fundación dedicada al estudio de los sistemas judiciales y penales en distintos países de la región emitió un documento donde habló de una “histórica reforma” en la justicia federal de la Ciudad de Buenos Aires, en tanto implica “un punto de inflexión en la historia institucional de nuestro país”. El Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), fundada en 1989 por el reconocido jurista David Baigún, emitió el informe “Tres claves para entender la histórica reforma de Comodoro Py” con el fin de mostrar los alcances y efectos de la decisión adoptada por el ministro de Justicia, formalizada este viernes en el Boletín Oficial por la Resolución 143/2025, que, entre otras cosas, dispuso la “plena entrada en vigencia” del Código Procesal Penal Federal -aprobado en 2014- en la jurisdicción correspondiente a las Cámaras Federales de Apelaciones en lo Penal y en lo Penal Económico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el próximo 11 de agosto. De acuerdo al portal de la fundación que publicó el documento, su misión desde hace más de 30 años radica en “contribuir a la consolidación y el progresivo fortalecimiento del Estado de Derecho en los países de América Latina y del Caribe”. Para eso, cuenta con 14 grupos de trabajo que se abocan a investigar, desarrollar y analizar políticas públicas “del sector justicia y seguridad”. El ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, impulsor del nuevo paradigma procesal acusatorio (Adrián Escandar) En ese marco, la INECIP consideró que la reforma procesal sobre la sede de Comodoro Py 2002 propicia “un punto de inflexión en la historia institucional de nuestro país, que impacta directamente sobre una de las mayores debilidades de nuestra democracia: la calidad del sistema de justicia encargado de juzgar al poder político y económico”. El informe dio cuenta de “tres claves” para entender los efectos de la resolución firmada este viernes por Cúneo Libarona. “Lo que está en juego en Comodoro Py es mucho más que un modelo procesal: allí se define la tolerancia del Estado argentino a los poderes mafiosos”, señaló la entidad. Luego expuso: “Ese fueron tiene a su cargo juzgar los grandes casos federales de corrupción y criminalidad económica. Los vicios del actual sistema inquisitivo o ‘mixto’, que Comodoro Py llevó a su máxima expresión, son una garantía de impunidad estructural para esos casos”. Mapa de las jurisdicciones donde hoy está vigente el Código Procesal Penal Federal (Fuente: INECIP) En esa línea, subrayó diferentes “vicios” configurados por el modelo de reglas procesales actualmente en vigencia en la jurisdicción federal de la ciudad, destacando la “hiperconcentración de poder en la figura del juez de instrucción”, la “opacidad en la toma de decisiones de máxima relevancia político-institucional durante la investigación”, la “posibilidad de extender por lustros o décadas los procesos penales” por culpa de “una lógica del cajoneo de causas para la extorsión” y la “contaminación del sistema a través de la delegación de tareas investigativas en los servicios de inteligencia, orgánicos o inorgánicos”, entre otros. Para ponderar al nuevo paradigma acusatorio, que ya rige en distritos judiciales como Salta y Jujuy -desde 2019-, Rosario, Mendoza, General Roca y Comodoro Rivadavia, el ministro de Justicia, encargado de llevar adelante la implementación del Código -Ley 27.063- en todo el país, habló de un sistema acusatorio “ágil”, con plazos más cortos, audiencias orales “rápidas” y “efectivas”, mayor responsabilidad para los fiscales y expedientes digitales. La segunda clave que señaló el centro de estudios se vinculó con las “resistencias” que “toda reforma judicial genera” en los “actores internos” -como jueces y fiscales- y “externos” -como estudios jurídicos corporativos y empresas “beneficiarias de la impunidad estructural”-. “En América Latina -esgrimió-, esas resistencias siempre se escondieron detrás de otros reclamos, como la ‘falta de presupuesto’, en algunos casos real y, en otros, meras excusas”. Desde el 11 de agosto, comenzará a regir el sistema acusatorio en los tribunales federales de Comodoro Py (Foto: Franco Fafasuli) En ese sentido, afirmó: “De todas las reformas a la justicia penal llevadas a cabo en la región en los últimos 30 años, es probable que la de Comodoro Py tenga el mejor punto de partida en materia de recursos disponibles en relación a su carga de trabajo. A la concentración de recursos en ese distrito de la Capital (en detrimento de las jurisdicciones más alejadas del Obelisco), se suma la reducción de la carga de trabajo que implicaron la desfederalización del microtráfico de drogas y la finalización de buena parte de los procesos por crímenes de lesa humanidad, sin que esa merma haya sido acompañada de una reubicación o reducción de personal”. Asimismo, agregó:“Además, bajo el sistema actual, cientos de abogados y abogadas son subutilizados cumpliendo tareas administrativas y trámites, cuando podrían estar cumpliendo funciones propias de su formación, como el litigio, ampliando la capacidad de trabajo organizacional”. Y precisó: “En 2023, según datos oficiales del Ministerio Público Fiscal, ingresaron a las fiscalías federales y penales económicas de Capital Federal 6.671 casos. Según información del Consejo de la Magistratura y del Ministerio Público Fiscal de la Nación, entre juzgados, tribunales y cámaras federales de la Capital Federal (incluido Penal Económico), hay un total de 1.005 magistrados y funcionarios (secretarios y prosecretarios): 679 en el Poder Judicial y 326 en el MPF. Por último, el inevitable cese del traspaso de la Justicia Nacional penal a la Ciudad de Buenos Aires también dejará, especialmente, en los Ministerios Públicos, una enorme cantidad de personal hoy dedicado a delitos ordinarios, que podrá ser reasignado a funciones federales”. Como última clave, la fundación presidida por el doctor en derecho Alberto Binder estimó que “la entrada en vigencia del Código es un paso más, pero no el único ni el último de la implementación del sistema acusatorio”. Stella Maris Martínez, Horacio Rosatti, Mariano Cúneo Libarona, Eduardo Casal y Mariano Borinsky en un acto vinculado al nuevo sistema acusatorio (Ministerio de Justicia) Bajo esos parámetros, consideró que para que la reforma procesal alcance los objetivos de “eficacia político-criminal, transparencia, democratización, celeridad, fortalecimiento del sistema de garantías, entre otros”, deberán tomarse “diversas decisiones” antes o después de su implementación concreta. Entre ellas, mencionó: “Establecer un límite temporal al mandato del Procurador General (como en todos los países de Latinoamérica, salvo Cuba) y completar la vacancia actual a través de la designación de un/a Procurador/a conforme el proceso previsto en la ley, que permita contar con una Procuración capaz de planificar estratégicamente las políticas de persecución penal”. Habló de designar “fiscales de distrito a través del concurso previsto por la ley” y de “reconvertir a la Policía Federal en una Policía Federal de Investigaciones especializada en fenómenos criminales complejos”. También remarcó las posibilidades de “revisar el modelo de colegio y oficina judiciales necesario para Comodoro Py” y de “completar la transferencia de la Justicia Nacional penal a la CABA para concentrar al sistema de justicia del Estado Nacional en los delitos federales, y aprovechas recursos que hoy se dedican a delitos ordinarios porteños”. Todas estas cuestiones, expresó el INECIP, no “deben ser tomadas como ‘condiciones previas’ para la aplicación del modelo acusatorio. ”Su incumplimiento -concluyó- no puede servir de excusa para frenar la vigencia normativa del Código -en Comodoro Py-. De hecho, solo la puesta en marcha del Código permitirá desencadenar todos estos procesos. Como demuestra la larga demora de más de una década, eso no sucederá a la inversa".

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